Publica SAT lista de contribuyentes por presunta facturación falsa

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una lista con 163 contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.

A través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el organismo informa en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet sat.gob.mx dicho listado de quienes presuntamente emitieron comprobantes fiscales que simulan operaciones inexistentes.

De acuerdo con un comunicado del SAT, los contribuyentes notificados tienen un plazo de 15 días para aclarar su situación.

Ello, abunda, para que en un lapso máximo de cinco días, el SAT pueda resolver y publicar la relación definitiva de quienes “no hayan desvirtuado las observaciones, considerando que simularon operaciones y emitieron facturas sin efecto fiscal”.

Refiere que con la reforma hacendaria, se adicionó el artículo 69-B al Código Fiscal de la Federación en el que se establece, como excepción a la reserva fiscal, que el SAT publicará los datos de las empresas que se presume facturan operaciones inexistentes.

Indica que los efectos de la publicación será considerar, con efectos generales, que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes, no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.

El organismo explica que los contribuyentes que hubiesen dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por un tributario incluido en el listado definitivo, contarán con 30 días para comprobar ante el SAT la compra de bienes o recepción de servicios.

En caso contrario, abunda, deberán corregir su situación fiscal haciendo los ajustes contables y los pagos correspondientes.

El SAT da a conocer que este día también se dio de baja de la relación de contribuyentes incumplidos y no localizados a quienes al pasado 9 de enero habían aclarado su situación y a los que se les verificó su domicilio.

Reitera que los contribuyentes que aún están en esa lista pueden obtener la “Opinión de cumplimiento” en la página de Internet del SAT para conocer, en su caso, las obligaciones fiscales que han omitido y corregirlas.