TEPJF avala credencial de elector con datos encriptados

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Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron por unanimidad el acuerdo del IFE por el que a partir de mañana viernes los electores podrán tener la opción de tramitar credenciales para votar sin datos visibles de su domicilio: calle, número exterior y número interior.

En su sentencia los juzgadores valoraron que la credencial para votar mantiene todos los datos necesarios para ejercer el derecho al sufragio aunque, según lo decida cada ciudadano, su domicilio podrá estar encriptado, o visible, pero siempre estará presente en la mica.

Por tanto no se incumple ningún precepto constitucional, no se pone en riesgo el registro de datos en el padrón de electores, y se mantiene vigente el respeto a la protección de datos personales, resolvieron.

El magistrado Salvador Nava aseguró que la nueva modalidad “no implica ningún impacto negativo” en el sistema electoral y de organización de las elecciones.

La magistrada María del Carmen Alanís consideró que el IFE hizo una valoración profesional y dado que el domicilio siempre estará en código de barras, no existe ningún riesgo para la certeza del padrón.

Para el magistrado Flavio Galván, la decisión del IFE, que respondió a una orden del Tribunal emitida en mayo para hacer una ponderación entre la utilidad y necesidad de esa medida, y el derecho a la privacidad y secrecía de los datos personales, fue “salomónica” al dejarla al arbitrio del ciudadano.

Pero eso no incumple ningún precepto constitucional porque finalmente los datos están contenidos en la credencial, encriptados.

Además en el anverso hay datos suficientes para la localización electoral del ciudadano, datos que permiten la comparación del Registro Federal de Electores con la lista nominal de electores, circunscripción, distrito y entidad.

“No se omite un solo dato electoral para poder ejercer el derecho al voto, tampoco se incumple el dato de domicilio como lugar para el ejercicio de sus derechos. Están todos los datos, que cualquier persona los pueda leer, es responsabilidad del ciudadano que así lo decida… así lo decidió el titular del derecho”, expuso Galván.

El magistrado Pedro Esteban Penagos reconoció que mantener encriptado el domicilio “es la mejor solución para los tiempos en que vivimos”.

Dado que no se afecta ningún aspecto de la organización electoral, y que la ley electoral establece que los datos proporcionados por los ciudadanos al RFE serán estrictamente confidenciales, entre ellos el domicilio, sólo toca al Estado proveer las medidas necesarias para la protección de los datos personales.

Con su decisión, los magistrados declararon infundados los agravios expuestos por los representantes del PRD, Camerino Márquez y del PT, Pedro Vázquez, quienes entre otras cosas plantearon que con la decisión del IFE de posibilitar micas sin domicilio visible, se pondría en riesgo la certeza de los datos en el registro.

Además, los quejosos expusieron que el acuerdo de los consejeros se tomó sin previa valoración de la Comisión de Vigilancia del Registro Federal de Electores (RFE), instancia en la que participan todos los partidos.

Todos estos argumentos fueron desechados, por lo que el IFE comenzará en módulos la tramitación de micas en su modalidad de domicilio encriptado.