Por ello, en la sesión ordinaria de la Diputación Permanente de la LXII Legislatura del Estado, propuso una iniciativa con proyecto de decreto, para reformar los Artículos 353, 354, 355, y adicionar el Artículo 369 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
En su exposición de motivos, la legisladora Jiménez Valencia, resaltó que la conducta antisocial del apoderamiento de cosas muebles sin el consentimiento de su legítimo propietario, se tipifica de diversos modos en el Código Penal del Estado de Oaxaca, desde el robo simple hasta el robo con agravantes.
Señaló, sin embargo, que el marco legal vigente resulta ya ineficiente para el combate de estos delitos, por ello, consideró que existe ya la necesidad de llevar a cabo las adecuaciones y ajustes que permitan mejorar esa herramienta legal.
En este sentido, dijo que la modificación que se propone es una forma de contribuir en la contención y paulatina erradicación de ese flagelo que en últimas fechas va en aumento.
“Desde luego, estamos conscientes de que en muchos de los casos el problema no es la condena, influye también la corrupción de los servidores públicos encargados de combatirlas que no persiguen y no investigan de manera eficaz este tipo de delito, si bien es cierto que aumentar las condenas no es la panacea pero servirá para inhibirlo”, subrayó.
Indicó que es de considerarse que una de las funciones fundamentales del Estado es garantizarle a la ciudadanía seguridad en su persona y en su patrimonio, sobre todo en las ciudades en donde el delito de robo es muy frecuente
“Éste es cometido por delincuentes que en gran parte son reincidentes o habituales pero andan libres porque las penas impuestas son mínimas, que sumado a la corrupción, vicios y fallas en el proceso, resulta como una actividad delictiva fácil de cometer y lucrativo”, señaló.
La diputada por el distrito XXII con cabecera en Oaxaca de Juárez (zona norte), mencionó que el contenido de la actual legislación punitiva ya no refleja la capacidad coercitiva del Estado para regular de manera eficaz el delito de robo, pues en fechas recientes todos los sectores de la población han sufrido los estragos.
“Lo mismo en sus mercancías, que en su casa habitación, locales comerciales, bodegas o en sus propias pertenencias personales, no se diga de la ciudadanía que se ve en la necesidad de transitar por las calles y mercados de las ciudades quienes sufren cotidianamente el arrebato de sus pertenencias personales, como dinero, joyas, alhajas y aparatos electrónicos”, añadió.
Consideró por otra parte, si las autoridades de procuración de justicia aplicaran de modo estricto y eficiente las figuras como la reincidencia y la habitualidad delictiva, estos fenómenos delictivos se reducirían considerablemente, por ello, es necesario coadyuvar en el combate de ese flagelo, aumentando las penas e innovando nuevas formas que en su conjunto incidan en su erradicación.
La diputada Jiménez Valencia, señaló que de ser aprobada la iniciativa de ley, las modificaciones quedarían de la siguiente manera:
Artículo 353: Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se aplicará prisión de uno a tres años y multa de cincuenta a ciento cincuenta veces el salario.
Señaló que en el caso de la reforma al Artículo 354, establecería que cuando el valor de lo robado exceda de cien veces el salario, pero no de quinientas, la prisión será de tres a cinco años y multa de ciento cincuenta a trescientas veces el salario.
En tanto, en la reforma al Artículo 355 se plantea que, cuando el valor de lo robado exceda de quinientas veces el salario, la prisión será de cinco a diez años y multa de trescientas a quinientas veces el salario.
Indicó que la reforma al Artículo 369 establecería que, además de la pena que le corresponda, conforme a los Artículos 353 a 355 y 357, se aplicarán al delincuente de uno a tres años de prisión, cuando el delito se cometa por un delincuente reincidente o habitual.
La iniciativa con proyecto de decreto, fue turnada para su análisis a la Comisión Permanente de Administración de Justicia.