Publica Segob decretos sobre la figura de las candidaturas independientes

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De acuerdo con las reformas al estatuto de Gobierno del Distrito Federal, los ciudadanos tienen derecho a votar en las consultas populares y demás mecanismos de participación ciudadana, así como los partidos políticos promoverán y garantizarán la paridad de género en cargos de elección popular.

En un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación da a conocer estos cambios e introduce la figura de las candidaturas independientes en todos los cargos de elección popular en los comicios locales.

Se establece que entre las causales de nulidad de elecciones deberán considerarse las previstas en la Base VI del artículo 41 de la Constitución.

Asimismo, incorpora la reelección de diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), hasta por cuatro periodos consecutivos, y de jefes delegacionales, hasta por dos periodos adicionales consecutivos de tres años cada uno.

Las jornadas electorales se celebrarán el primer domingo de junio del año que corresponda y se introducen los límites relativos a la sobre y subrepresentación, y la asignación directa de un partido con menos de tres por ciento de la votación válida emitida.

El dictamen deroga la cláusula de gobernabilidad y reconoce al Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) como organismo público local encargado de la organización de las elecciones locales, y actividades relativas a la educación cívica, los derechos y el acceso a las prerrogativas de candidatos y partidos.

Además de la preparación de la jornada electoral, la impresión de documentos y producción de materiales electorales, los cómputos y escrutinios, la declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones locales.

El IEDF también deberá dar los resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión, observación electoral y conteos rápidos, la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados en los mecanismos de participación ciudadana que prevea la legislación local.

El documento establece que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal contará con una fiscalía especializada en delitos electorales.

La reelección de diputados a la ALDF y jefes delegacionales será aplicable a quienes hayan sido elegidos en el proceso electoral de 2018, y que por única ocasión los procesos electorales del Distrito Federal del primer domingo de junio de 2015 iniciarán en la primera semana de octubre de 2014.

En otro decreto, la Segob da a conocer reformas a los artículos 7, 9, 10 y 16 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que incluye modificación a las conductas sancionables en que pueden incurrir los ministros de culto, eliminado penas a los religiosos que orienten el sentido del voto de los electores.

Se sancionará a quien solicite votos por paga, o presione a otro para asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.

La persona que impida, sin causa legalmente justificada, la instalación o clausura de una casilla, también será multado y se impondrán de 200 a 400 días multa y prisión de uno a nueve años, a quien se abstenga de informar o rinda información falsa de los recursos y bienes públicos remanentes de los partidos políticos.

O agrupaciones políticas que hayan perdido su registro, habiendo sido requerido por la autoridad.

En un tercer documento queda derogada la atribución de la Comisión de Administración del Poder Judicial de la Federación (PJF) de determinar en su caso, el haber de retiro de los Magistrados de la Sala Superior.

El decreto a través del cual se deroga la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación entrará en vigor a partir de mañana.