Los días 12, 13 y 14 de febrero de este año, se llevó a cabo el desahogo de la audiencia de debate, siendo la última fecha en donde se dictó el fallo condenatorio en contra de Juan Guzmán López, por la comisión del delito de homicidio calificado con ventaja y alevosía, en agravio de quien en vida respondió a Gloria Emma Cruz Ojeda, Margarita Ojeda Cruz y María Humberta Ojeda Cruz (suegra y cuñadas respectivamente del ahora sentenciado).
El 20 de febrero pasado, a las 13 horas, el señalado Juan Guzmán López fue sentenciado a la pena de 105 años de prisión, así como el pago de la cantidad de $ 387, 281.70 (trescientos ochenta y siete mil doscientos ochenta y un pesos con setenta centavos, moneda nacional), por concepto de reparación del daño a favor de Fidel Ojeda Cruz, quien es la víctima indirecta.
Hechos:
El 1º. de agosto del 2010, entre las diecinueve y veinticuatro horas, mientras las víctimas Gloria Emma Cruz Ojeda de 62 años, Margarita Ojeda Cruz de 31 años, y María Humberta Ojeda Cruz de 25 años, dormían en el interior de su domicilio ubicado en el paraje Cuesta Blanca, de la comunidad de Río Blanco, San Juan Bautista Coixtlahuaca, Oaxaca, llegó Juan Guzmán López, quien con una navaja se acercó a donde dormía Margarita Ojeda Cruz hiriéndola en el cuello, después se dirigió con las victimas restantes propinándoles varios navajazos en el cuello, así como en su corporeidad, ocasionándoles con ello la muerte.
El ahora detenido cometió el triple asesinato para posteriormente darse a la fuga y refugiarse en la cabecera municipal de la población, donde elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) de la fiscalía local de Nochixtlán, dieron con su paradero y procedieron a su arresto.
El presunto homicida fue ingresado al reclusorio luego de que bajo los efectos del alcohol asesinó de varias cuchilladas a las tres mujeres con quienes presuntamente tenía problemas personales.
La identificación del asesino la hizo la única sobreviviente de la masacre, una menor de cinco años de edad, hija de una de las occisas.