Propone Peña que agentes extranjeros porten armas en México

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El presidente Enrique Peña Nieto envió ayer al Senado una iniciativa para reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos a fin de permitir que agentes aduanales y de migración ‘‘extranjeros’’, fundamentalmente de Estados Unidos, puedan actuar armados en territorio mexicano como parte de ‘‘un programa conjunto’’ de revisión aduanera y migratoria ‘‘que se busca adoptar’’.

La iniciativa llegó poco antes de que concluyera la sesión y fue turnada de inmediato a comisiones. En la exposición de motivos, Peña Nieto argumenta que el objetivo es ‘‘fortalecer la cooperación migratoria y aduanera de México con sus principales socios comerciales’’.

Senadores de PRI y PAN no quisieron comentar la iniciativa hasta que se analice a fondo. Alejandro Encinas, quien recientemente renunció al PRD, señaló de entrada que ‘‘es inaceptable una reforma en ese sentido, que da respuesta a una vieja exigencia de Washington. Nada más falta que autoricemos que los agentes de migración, que matan connacionales que tratan de cruzar al vecino país, ahora puedan actuar en nuestro territorio y además ¡armados!’’

Esquema similar en EU y Canadá

La reforma de Peña, sin embargo, insiste en que se trata de ‘‘adoptar esquemas similares a los que se practican en otros países’’, entre ellos el de preinspección aduanera de Canadá y Estados Unidos. Se busca permitir que las autoridades de un país ‘‘ejerzan sus facultades en el territorio del otro’’.

El Presidente de la República explica que ese ‘‘modelo de preinspección’’ en materia migratoria permitirá llevar a cabo las revisiones documentales necesarias y consultas de base de datos aun antes de que un pasajero aborde una aeronave, disminuyendo riesgos potenciales a la aviación. ‘‘Al trasladar la decisión de elegibilidad del ingreso al país de destino, del puerto de entrada al de salida, se beneficiará a los viajeros, quienes ya no tendrán que someterse a largos tiempos de espera para tramitar su ingreso’’.

En el caso de los agentes aduanales extranjeros, ‘‘se busca permitir que, sujetos al principio de reciprocidad, ingresen y porten sus armas de cargo en los puntos de revisión ubicados en territorio mexicano, dados los riesgos de esa actividad ante el fenómeno trasnacional de tráfico ilegal de sustancias, mercancías y personas’’.

Se precisa que los agentes migratorios ‘‘extranjeros’’ podrán actuar ‘‘en los puntos de tránsito internacionales’’, mientras que los funcionarios aduanales lo harán en las fronteras, ‘‘en instalaciones modernas y seguras, especialmente diseñadas para el despacho de sus cargamentos de exportación e importación y como parte del programa de preinspección conjunta de mercancías’’.

En el caso de los agentes migratorios, el permiso para que porten armas lo solicitaría la Secretaría de Gobernación a la Defensa Nacional, y en el caso de los aduanales, la Secretaría de Hacienda lo pedirá a la Sedena. Sólo podrán usar armas reglamentarias de (máximo) calibre 40.

Se autoriza asimismo a escoltas de jefes de Estado y de gobierno, ministros y altos funcionarios de otros países que visiten el país, actuar armados ‘‘para su adecuada protección’’. En casos excepcionales, se dice, se podrá autorizar otro tipo de armamento, ‘‘siempre que a juicio de la Defensa se justifique la necesidad de su uso’’.