Ordena TEPJF a INE modificar acuerdo sobre gastos de precampaña

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificar el acuerdo por el que se determinan los gastos de precampañas y para la obtención del apoyo ciudadano.

También los medios para el registro y clasificación de ingresos y gastos correspondientes al proceso electoral federal y local 2014-2015.

En sesión pública estableció que la autoridad responsable deberá realizar las acciones necesarias para alcanzar la implementación del sistema de contabilidad en línea de los ingresos y gastos de los partidos políticos aspirantes, precandidatos y candidatos durante los comicios en curso.

Lo anterior al advertir una omisión por parte del instituto para darle materialidad a los postulados de la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014.

El magistrado ponente, Constancio Carrasco Daza, dijo que derivado de la reciente reforma en materia político-electoral es facultad del INE hacer realidad el sistema de contabilidad en línea para garantizar una efectiva y oportuna rendición de cuentas por parte de los institutos políticos hacia la ciudadanía.

Sin embargo, afirmó que se advierte un retraso por parte del organismo para cumplir esta función.

Por su parte el magistrado Pedro Esteban Penagos López explicó que corresponde al instituto eficientar el sistema de contabilidad en línea para darle efectividad al contenido de la ley, así como garantizar la máxima publicidad en los ejercicios fiscales de los institutos políticos y de sus candidatos.

En tanto, el magistrado Flavio Galván Rivera destacó que las leyes se han perfeccionado y consideró necesario que en estas elecciones intermedias se apliquen las nuevas disposiciones establecidas en la reciente reforma en materia político-electoral, como la contabilidad y fiscalización en línea para tener un resultado oportuno.

De manera, dijo, que al calificar la elección se pueda saber si hubo rebase en el tope de gastos de campaña, y de ser el caso declarar la nulidad.

En otro asunto la Sala Superior confirmó el acuerdo del Consejo General del INE por el cual se determinó posponer la discusión de las normas reglamentarias sobre imparcialidad en el uso de recursos públicos.

Además el relativo al apoyo de los titulares de los ejecutivos federal y locales para garantizar la ejecución de los recursos de los programas sociales, en el marco de los procesos electorales federal y locales que actualmente transcurren.

Los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera.

Ahí se estableció que la discusión de los asuntos programados para la sesión extraordinaria de 18 de febrero de 2015 se pospuso a solicitud de un grupo de seis consejeros con el objetivo de continuar la revisión de as normas, situación permitida en los órganos colegiados.

Los magistrados determinaron que no le asiste la razón a los partidos políticos PAN, PRD, PT, Movimiento Ciudadano, Morena, Humanista y Encuentro Social, ya que la ley faculta a cualquier integrante del consejo para hacer ese tipo de solicitudes; además la justificación expuesta para tal fin fue objetiva, racional y se aprobó por el pleno.

Durante la sesión pública el pleno resolvió 19 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio electoral, dos juicios de revisión constitucional electoral, 29 recursos de apelación, nueve recursos de reconsideración y tres recursos de revisión del procedimiento especial sancionador, que hacen un total de 63 medios de impugnación.