Acredita Defensoría violaciones a derechos humanos de interno del Cereso en la villa de Etla

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La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca acreditó que personal de la Secretaría de Seguridad Pública (SSPO), asignado al Centro de Reinserción Social de la villa de Etla, violó los derechos a la integridad personal y la seguridad jurídica de un interno, a quien le provocaron una lesión en el brazo derecho.

El organismo emitió su recomendación 03/2015 después de integrar el expediente de queja DDHPO/1607/(06)/OAX/2013, pues el 27 de septiembre de 2013 recibió la queja de M. O. A., interno del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Etla quien acusó a un celador de provocarle una luxación en el brazo derecho cuando intentó someterlo por haber participado en una riña con otro interno.

El agraviado, quien está bajo proceso a disposición del Juzgado Primero de lo Penal del Distrito Judicial de la villa de Etla, narró que el celador lo tiró al piso y, al colocarle las esposas, le jaló con fuerza los brazos hacia atrás.

El quejoso expuso que al momento de sufrir ese jalón, sintió un intenso dolor en el hombro derecho y le dijo al oficial que le había quebrado el brazo, así como que sentía dolor. Pese a esto, fue llevado a la zona de castigo y no a la de atención médica.

Debido a que M. O. A. manifestaba mucho dolor, otros internos pidieron ayuda y llegaron otros celadores, quienes al ver el estado en que se encontraba el lesionado, lo trasladaron al hospital civil “Doctor Aurelio Valdivieso” para su atención médica. Allí le inmovilizaron el brazo derecho, pues el dictamen médico indicó que tenía una luxación en esa extremidad, y le programaron una cita para revisión en días posteriores.

Por estos hechos la Defensoría emitió una medida cautelar para que se evitaran actos de molestia en contra de M. O. A. Sin embargo, el 30 de septiembre de 2013 acudieron familiares del quejoso a la institución defensora para manifestar que habían sido informados de que lo transferirían a otro Cereso, lo que afectaba su proceso.

El organismo defensor pidió información al respecto a la Dirección de Procesos Constitucionales y Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad Pública, la cual negó la existencia de una orden de traslado.

Pese a esa negativa, el 14 de octubre de 2014 M. O. A. fue reubicado en el centro de internamiento de Santa Catarina Juquila sin contar con la autorización del juez de la causa. Esta acción de la autoridad se realizó en forma injustificada y se hizo pese a que M. O. A. tenía cita médica en el hospital para seguir atendiendo su lesión.

Debido al traslado y a la tardanza en bríndale atención médica, M. O. A. sufrió complicaciones con su lesión, y el 18 de octubre de 2014 el agraviado tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en una clínica particular por la gravedad de la luxación.

La Defensoría del Pueblo de Oaxaca, por esta serie de acciones que violentaron los derechos humanos de M. O. A., recomendó a la SSPO iniciar un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de los custodios o celadores que intervinieron en los hechos e imponesles las sanciones correspondientes.

El organismo pidió un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de los integrantes del Consejo Técnico Interdisciplinario que acordaron el traslado de M. O. A.; además, solicitó que la Dirección General de Reinserción Social en lo subsecuente se abstenga de autorizar un traslado sin observar los requisitos legales.

La Defensoría instó a la SSPO a que imparta procesos de formación permanente sobre el uso de la fuerza pública a todo el personal de seguridad de los centros de reinserción social de la entidad, para evitar la repetición de este tipo de actos.

Asimismo, requirió la revisión exhaustiva de los expedientes de los custodios de los Ceresos, a fin de verificar que cumplan con un perfil adecuado en el desempeño de sus funciones.

La Defensoría considera necesaria la reparación del daño para quienes son víctimas de violaciones a derechos humanos. Por ello, pidió a la SSPO que reintegre a M. O. A. los gastos generados por la cirugía a la que se sometió, derivada de la lesión que le causó el custodio del reclusorio de la Villa de Etla.