A fin de contar con una legislación que regularice la transparencia y la rendición de cuentas por parte de las empresas que recolectan recursos para la asistencia social, como el llamado “redondeo”, el senador oaxaqueño Benjamín Robles Montoya propuso adiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Y es que señaló que los encargados de organizar los programas de redondeo con fines determinados, muchas veces lo hacen en nombre propio y así poder deducir sus impuestos, y presentarlos como si fueran recursos de la misma empresa.
Por lo que, propuso ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el tipo de impuestos que no deberían ser deducibles:
“Tratándose de establecimientos comerciales y personas morales que presten sus servicios y que reciban ingresos por la realización de campañas de redondeo en beneficio de asociaciones civiles, asistencia social o personas morales con fines no lucrativos, éstos no participarán en la deducción de impuestos respecto de los recursos obtenidos”.
“Así mismo, que las personas morales y empresas registren los recursos obtenidos durante la campaña de redondeo y enviar la información al Sistema de Administración Tributaria a fin de ser publicado en los portales electrónicos, junto con el nombre de la organización social, la cantidad otorgada por el establecimiento comercial y el sector que será beneficiado”.
Además, indicó que tampoco deben ser deducibles los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo.
Tampoco serán deducibles, propuso, las cantidades provenientes del subsidio para el empleo que entregue el contribuyente, en su carácter de retenedor, a las personas que le presten servicios personales subordinados ni los accesorios de las contribuciones, a excepción de los recargos que hubiere pagado efectivamente, inclusive mediante compensación.
Desafortunadamente, señaló, el redondeo se ha vuelto una problemática que repercute de manera directa en los intereses de aquellas personas y organizaciones sociales que dependen directamente de este recurso.
Es en razón de lo anterior, indicó, que el esfuerzo de las organizaciones civiles y de asistencia social deja de ser reconocido por la sociedad en general, gracias al comportamiento de aquellas instituciones que lucran con el recurso que se origina de las campañas de beneficencia social. Toda vez, que no exponen mecanismos de transparencia en sus procesos de recaudación.