Tipifica Querétaro crímenes de odio por preferencia sexual o identidad sexo genérica de la víctima

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Tras la aprobación del dictamen de reforma al artículo 131 del Código Penal para el Estado de Querétaro por parte de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la entidad, el pleno de este, por votación unánime aprobó la iniciativa propuesta por la presidenta de la Comisión de Equidad de Género y Grupos Vulnerables y Discriminados, Beatriz Marmolejo, del Partido Acción Nacional.

De esta manera, al artículo, cuyo contenido establece las situaciones en las que el homicidio y las lesiones son calificadas como tales, se le agregó la modalidad del “odio manifiesto, respecto de la preferencia sexual o identidad de género de la víctima”, es decir, que el asesinato o la agresión hayan sido motivados por la orientación sexual o identidad sexo genérica de la víctima. La sanción al respecto es de entre 15 y 50 años de prisión.

Así, el artículo establece en su fracción IV que “el delito que se cometa por medio de inundación, incendio, asfixia, minas, bombas, explosivos o cualquier otra substancia nociva a la salud, o con ensañamiento crueldad o por motivos depravados o de odio manifiesto por la preferencia sexual o identidad de género de la víctima”.

Por tanto, “se entiende por odio manifiesto, que la víctima presente signos de violencia sexual o mutilaciones o quemaduras o asfixia o existan antecedentes o datos previos al hecho, que establezcan que hubo amenazas o acoso contra la víctima relacionadas a su preferencia sexual o identidad de género”.

Al respecto, Manuel Edmundo Ramos de SOS Discriminación Querétaro Internacional comentó que la resolución es producto de un trabajo de cabildeo y de resoluciones judiciales en las que se garantizaba el derecho de la ciudadanía a la participación en foros de análisis legislativo debido a que la diversidad sexual no había sido incluida como un tema prioritario dentro de la agenda de discriminación de la actual legislatura.

Para el activista, después de un trabajo de sensibilización con los legisladores hacia el tema por más de tres años, se propuso que si no se podía avanzar en el tema de matrimonio igualitario, se podía trabajar en otros temas como el de la tipificación de crímenes de odio y la no discriminación.

Resultado de esto, señaló es la reciente reforma y espera en un futuro próximo lograr avances en torno a una ley de expresión de identidad sexo genérica

Panorama regional

Por su parte, integrantes de la Comisión estatal contra la Homofobia señalaron que las diputadas mostraron sensibilidad al tema, permitiendo la generación de medidas que ayuden a prevenir la comisión de este tipo de delitos en la entidad y confiaron en que la Procuraduría de Justicia no eluda el registro de los asesinatos bajo la agravante de homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia y consideraron necesario crear protocolos de atención a la comunidad LGBTTTI desde las instancias de procuración de justicia.

Cifras proporcionadas por la Asociación Queretana de Educación para las Sexualidades Humanas para alimentar el Informe de Crímenes de Odio por Homofobia de la organización civil Letra S señalan que en la entidad, entre 1995 y 2014 se han registrado 12 crímenes de odio motivados por la preferencia sexual o identidad sexo genérica de la víctima. Sin embargo, consideran que hay un subregistro porque no todos son registrados en la prensa o no se alude en el contenido de las notas a su orientación o preferencia sexual o identidad sexo genérica.

Asimismo, la organización ha señalado que la Ley para Prevenir y Eliminar todas las Formas de Discriminación en Querétaro dice en su artículo 3 que está prohibida la discriminación por preferencias sexuales, sin embargo, la Constitución Política local no dice nada al respecto y no está armonizada con la federal.

También recordaron que el matrimonio entre personas del mismo sexo en la entidad sólo se puede celebrar mediante la figura de un amparo.

Hasta el momento, sólo en Coahuila, Colima, Distrito Federal y Puebla se han tipificado este tipo de crímenes como tales. En otras entidades como DF, Chihuahua y Oaxaca, y a nivel federal en la Procuraduría General de la República, se han implementado protocolos de atención por parte de las procuradurías hacia el sector LGBTTTI.

En casi todo el país, la discriminación o incitación a actos de odio por motivo de la orientación sexual de la persona es sancionada con penas de hasta cinco años de cárcel.

Con información del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos.