Menudo brete puede significar al órgano electoral la decisión de realizar una Consulta sobre el Centro de Convenciones. Dado que no está normado por la ley, es un mero ejercicio comunicativo, no es vinculante y, precisamente por ello, sujeto a las más variadas interpretaciones. Y ahí hay el gran riesgo es que le pase lo que al cohetero porque una de las partes puede reclamar “dados cargados”. Eso no es bueno para el prestigio que debe conservar el árbitro, justo al inicio del año electoral.