Por Rodrigo Islas Brito
En la pasada sesión ordinaria del pleno de la sesenta y dos legislatura local, diputadas y diputados rechazaron con un total de tan solo diez votos a favor, la aprobación del dictamen que hubiera dado existencia a la Sala Especializada de Justicia Indígena, la cual podría haber tomado conocimiento a través de la Sala Especializada de Asuntos Indígenas, de los conflictos que a diario se suscitan, se complican y explotan en las comunidades indígenas del estado, fortaleciendo así los derechos de los Pueblos y la Comunidades Indígenas y las respuestas a sus añejas demandas.
El dictamen con proyecto de acuerdo fue turnado por las comisiones permanentes unidas de Asuntos Indígenas y de Administración de Justicia, proponiendo al Poder Judicial del Estado y al Consejo de la Judicatura, la integración, de acuerdo al decreto 1263 de fecha 30 de junio de 2015 de los Magistrados que en el ámbito de sus atribuciones integrarán e instalarán la mencionada sala.
Especialistas explicaron esta decisión situándola en dos vertientes, una en el franco desinterés de los legisladores hacia la causa indígena, tomando en cuenta que algunas y algunos de las y los integrantes de la actual legislatura local han sido repetidamente señalados de tener siempre metidas las manos e intereses en los conflictos pre, postelectorales y de otro tipo que continuamente se suscitan en las comunidades indígenas.
Y la otra vertiente a considerar sería que de la Sala Especializada de Asuntos Indígena no fue aprobada en tanto ni siquiera los legisladores han podido darle cauce a la Ley Indígena de Oaxaca, la cual es una de las tantas leyes que aun se encuentra por ser votada y analizada por la sesenta y dos legislatura. Lo que con suerte debe suceder antes de que este trienio de diputadas y diputados concluya sus funciones a finales de este año.
Cabe señalar que al inicio de la misma sesión se turnó para su estudio un oficio enviado por el ejecutivo estatal, con el que se remite la Iniciativa con Proyecto de Decreto para la expedición de la Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Oaxaca.
Respecto al tema, la diputada perredista Zoila José Juan pidió al Congreso eliminar limitaciones de lenguas indígenas en transmisiones radiofónicas, subrayando hoy la existencia de claras violaciones a los derechos de los pueblos indígenas para utilizar sus lenguas originarias.
La Presidenta de la Comisión Permanente de Equidad de Género, presentó un Punto de Acuerdo para que la actual Legislatura del Congreso del Estado exhorte al Congreso de la Unión, para que analice y en su caso, reforme el artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para eliminar la limitación al uso de cualquiera de las variantes lingüísticas reconocidas en la Ley General de Derechos Lingüísticos, en las transmisiones de las radiodifusoras.
José Juan, el diputado que más ha presionado para que la Ley Indigena sea rescatada del letargo al que la han condenado, dijo que este artículo 230 viola claramente los derechos de los pueblos indígenas para utilizar sus lenguas originarias, al establecer que los concesionarios deberán hacer uso del “idioma nacional”, entendiendo éste como el castellano, y restringiendo el uso de las lenguas indígenas a las concesiones de “uso social indígenas”.
Por otra parte cabe consignar la aprobación en la pasada sesión del decreto por el que se adiciona el artículo 401 BIS al Código Penal del Estado de Oaxaca, cuya intención es aparentemente el salvaguardar los derechos políticos de las mujeres, incorporando acciones penales contra quienes ejerzan contra ellas la violencia política.
Según el cambio en la ley, las personas que vean violentados sus derechos, deberán acreditar la existencia del cuerpo del delito y probable responsabilidad del indiciado y así el juzgador podrá tener los elementos suficientes para determinar la acción penal que resulte.
El citado artículo dicta que: “se interpondrá prisión de dos a seis años y multa de siete mil a 15 mil pesos a quien realice por si o a través de terceros, cualquier acción u omisión para causar un daño físico, psicológico, económico o sexual en contra de una o varias mujeres, para restringir, suspender o impedir el ejercicio de sus derechos político-electorales, inducirla u obligarla a tomar decisiones de la misma índole en contra de su voluntad”.
El dictamen fue aprobado con 26 votos a favor y tres votos en contra. Suscitándose las voces discordantes de los legisladores perredistas Jaime Bolaños Cacho y Juanita Cruz Cruz.
La segunda sustento su oposición a esta nueva ley aduciendo que su redacción y concepción “no tenía ni pies ni cabeza”, mientras que Bolaños Cacho aseguró que el cambio a la ley era vago en su intención de señalar exactamente cuál era realmente la tipicidad penal de la acción.
Asegurando desde su curul que esta nueva ley lejos de ayudar a sancionar la violencia política contra las mujeres, enrarece y confunde todavía más sus términos.