Por Comunicación
Los Directivos del Colegio Santa Lucía se niegan a realizar el pago correspondiente de impuesto por el concepto de continuación de operaciones, puesto que efectuaron de manera equivocada el pago de sus derechos a la autoridad correspondiente.
“Las autoridades del colegio Santa Lucía realizaron equivocadamente el pago de sus derechos, ante ello decidieron ampararse y realizar actos de difamación en contra del ayuntamiento por un delito de fraude que carece de pruebas y veracidad”, declaró Julio Pacheco Gómez; abogado del área de comercio del gobierno municipal.
Así mismo, Pacheco Gómez rectifica que el juicio de amparo con número de expediente 879/2015 por acuerdo del Juez Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca, queda resuelto a favor del municipio de Santa Lucía del Camino, de igual manera el Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito confirmó la sentencia recurrida, que sobreseyó en el juicio.
La autoridad municipal se deslinda de cometer un delito de fraude en contra del colegio o alguna autoridad de la institución: el área de comercio municipal precede en consecuencia por la falta de registros que avalen la cobertura de sus derechos del colegio.
Julio Gómez detalló que las autoridades del municipio realizaron desde el pasado 18 de mayo del año 2015 visitas de inspección correspondiente, en la cual se les invitó e informó del pago de continuación de operaciones y pago predial del inmueble. También se exhortó a la autoridad del colegio acudir a la dirección de comercio municipal en un plazo no mayor a las 18 hrs, con la finalidad de regularizar el funcionamiento de la institución, quedando notificado de las posibles sanciones administrativas en caso de incumplimiento.