Necesario armonizar Constitución local con ley federal en materia penal

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Rodrigo Islas Brito/RIOaxaca.  

Oaxaca de Juárez. Durante Sesión Ordinaria de la 62 Legislatura del Congreso de Oaxaca, la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Antonia Natividad Díaz Jiménez presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto, para solicitar reformar el artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a fin de armonizar la ley estatal con la federal en materia penal.

Lo anterior, de acuerdo a la propuesta con la finalidad de utilizar la terminología jurídica adecuada del sistema acusatorio adversarial en la ley local y en relación a las funciones de un juez de control establecido en el artículo 16 de la Constitución Federal, la cual indica: “las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad, que requieran control judicial, garantizando los derechos de los indiciados y de las víctimas u ofendidos”.

La también coordinadora de la bancada panista señaló que como parte de dicho proceso penal se ejecutan las etapas de investigación e intermedia, en la cual participa un juez unitario, que inicialmente en la mayoría de las legislaciones locales fue denominado juez de garantías, sin embargo la reforma constitucional federal lo renombra como  “juez de control”.

“En aras de una armonización exacta es necesario reformar el párrafo cuarto del artículo 14 de nuestra Ley local y con ello instituir el nombre correcto de dicho funcionario como “juez de control”, a fin de evitar confusiones en la sociedad”, aseveró la integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN).

Durante su exposición de motivos, en el documento detalló que a partir de la reforma a la Constitución general de la República aprobada el 2008 por el Congreso Federal, se estableció como fecha límite el 18 de junio de 2016 para la implementación del sistema acusatorio adversarial a nivel federal y estatal. En esta misma materia, fue aprobado el Código Nacional de Procedimientos Penales, que resulta ser en la actualidad el único ordenamiento procesal aplicable en los procesos penales federales y locales.

Derivado de dicha reforma constitucional, refirió que el Congreso de Oaxaca realizó adecuaciones necesarias a nuestra Carta Magna local para establecer las nuevas reglas y principios procesales en la materia, sin embargo, prevalece la necesidad de realizar cambios al articulado de la Ley estatal, debido a que nuevas instituciones y terminología se han ido incorporando al proceso penal acusatorio.

Para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnado a la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales.