Rodrigo Islas Brito/RIOaxaca.
Oaxaca de Juárez. Un conjunto de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) hicieron público su rechazo a una serie de iniciativas destinadas a modificar su marco fiscal mediante medidas a las que calificaron de “normativas”, en particular para aquellas que cuentan o pretendan contar con una autorización como donataria.
En una carta abierta dirigida al Secretario de Hacienda y Crédito Público José Antonio Meade Kuribreña y a la diputada Gina Andrea Cruz Blackledge, integrante de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados Federal, se comenta que estas medidas aparecieron el día 8 de septiembre de este año publicadas en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados fueron publicadas una serie de iniciativas para modificar el marco fiscal, entre ellas, algunas medidas normativas para las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), en particular para aquellas que cuentan o pretendan contar con la autorización como donataria.
Al respecto los que se identifican como “un grupo plural de representantes de la sociedad civil y la academia, con experiencia en investigación y construcción de nuestro marco normativo” manifiestan su preocupación y enérgico rechazo a propuestas pertenecientes a la Iniciativa fiscal SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) 2017.
Iniciando con lo que la ley fiscal propone como una liquidación forzosa de patrimonio en caso de perder la autorización, así como por cambio de residencia, perteneciente a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) Artículo 82. Fracción V.
“La disposición determinaría la obligación para que las donatarias tengan que deshacerse de su patrimonio al momento de cambiar de residencia para efectos fiscales, por revocación de la autorización para recibir donativos deducibles o cuando la vigencia de dicha autorización haya concluido y no se haya renovado dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente”.
Explicaron los inconformes, considerando que en la práctica esos tres supuestos constituyen una velada liquidación de la OSC en cuestión. Ya que esta no podría operar sin patrimonio.
“Constituye una medida extrema que vulnera el principio de proporcionalidad y constituiría un obstáculo al ejercicio constitucional de Libertad de Asociación”.
El manifiesto explica que de acuerdo a datos de la propia Secretaría de Hacienda para el periodo entre 2014 y 2015, disminuyó en poco menos del cinco por ciento el número de donatarias autorizadas.
Así que con las modificaciones a la normatividad propuestas anualmente, los inconformes calculan que más de 400 OSC tendrían que cerrar sus puertas al perder su patrimonio, la gran mayoría por una omisión administrativa.
Explicaron que la exigencia no se adecua al fin, pues la sanción fiscal no resulta adecuada para alcanzar el fin que la justifica puesto que lejos de proteger el patrimonio para el interés público inhibirá a muchas OSC de procurar la autorización como donataria, puesto que existirá temor al riesgo que implica la pérdida de un patrimonio construido, en algunos casos, inclusive antes de dicha autorización.
Aseguraron que en materia fiscal los supuestos de revocación de autorización o falta de renovación de la revocación no justifican una penalización, pues al imponer una penalidad innecesaria a las OSC se comete una injusticia grave ya que en la práctica las liquida sin que estas hayan cometido un acto ilegal, con todos los costos sociales implícitos.
“La disposición entra en conflicto con el principio constitucional de Libertad de asociación pues si bien no disuelve la organización si obstaculizará el ejercicio del derecho para cientos de casos”.
Considera el escrito argumentando también al respecto una carencia de proporcionalidad pues consideran que ante una omisión administrativa (falta de renovación) se aplica una pena desproporcional que insisten, equivale al término de actividades de la OSC.
“La revocación ya constituía en sí misma una sanción por lo que es innecesaria una medida punitiva que podría inclusive utilizarse para liquidación discrecional de patrimonio y que, en todo caso debería pasar por una denuncia y ser ordenada por un juez”.
Sobre la obligatoriedad a asumir un tipo de organización en forma de gobierno corporativo (Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) Artículo 82. Fracción IX), el desplegado considera que esta medida afectaría a donatarias con más de 100 millones de pesos en ingresos anuales o con un patrimonio de 500 millones a través de reglas de carácter general que emita el SAT.
Abundaron que la Ley del Impuesto sobre la Renta no puede establecer obligaciones en materia civil, y que además de eso esta disposición es una medida ilegal.
“Violatoria de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, que a la letra dice: Artículo 6. Para los efectos de esta ley, las organizaciones de la sociedad civil tienen los siguientes derechos: […]
XII. Ser respetadas en la toma de las decisiones relacionadas con sus asuntos internos”.
Acotaron que adicionalmente la nueva medida también resulta violatoria de principios internacionales de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que ha definido principios para la promoción y protección del derecho de libertad de asociación, mismos que han sido complementados por parte del Relator Especial de las Naciones Unidas para los derechos de libertad de asociación y asamblea pacífica.
Pues uno de estos principios enfatiza que una organización es un acuerdo entre personas para la consecución de un objetivo común de interés público. Como tal, implica la libertad no únicamente de asociarse sino de organizarse como mejor convenga a sus objetivos sin ningún tipo de intromisión estatal en la organización interna de las organizaciones.
Respecto a la Certificación para obtener facilidades administrativas (Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 82-Ter) donde las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles que opten por este proceso podrían obtener facilidades administrativas de acuerdo a reglas generales a publicarse por el SAT, el desplegado apunta:
“La propuesta reconoce que diseñó un paquete de medidas enfocadas a reducir la complejidad administrativa que dificulta la operación del sector. Sin embargo, omite mencionar que una de las mayores razones del incumplimiento de las donatarias es la excesiva carga administrativa en sus obligaciones fiscales”
“La medida permite vislumbrar que la autoridad considera pertinente generar menores cargas lo cual tendría un efecto directo en incrementar el cumplimiento de las OSC, la protección de su patrimonio y la supervisión de parte de la autoridad al respecto de las obligaciones fiscales de éstas”.
Aseguran que dichos avances no se lograrán a través de una certificación, proceso que ha sido ampliamente debatido y rechazado en diferentes foros entre OSC, “con la conclusión general que este tipo de evaluaciones, dirigidos a organizaciones con causas, modelos, experiencias y entornos distintos generan asimetrías puesto que pueden no ser comparables y propiciarán una inequidad en cuanto a las probabilidades de recibir donativos, lo que de nuevo pondrá en riesgo a numerosas organizaciones”.
Apuntan que para las potenciales certificadoras puede generar intereses en la selección de las mismas, abre la posibilidad a la arbitrariedad en los criterios y para las organizaciones significará sobrerregulación y costos adicionales en condiciones ya difíciles para acceder a recursos. La creación de una certificación significa un desperdicio de los mecanismos de transparencia, así como del andamiaje jurídico y administrativo ya creado.
Finalmente, el desplegado hecho público en internet y comandado en las firma y redacción por Miguel de la Vega, Director Ejecutivo de Sustenta Ciudadanía, Consultoría e investigación para el fortalecimiento de OSC, exhorta a la autoridad hacendaria de este país a profundizar en este tipo de medidas de forma que se eliminen obstáculos como la acreditación de actividades, lo cual redundará con certeza en un mayor cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las organizaciones y una mayor rendición de cuentas hacia la autoridad y la sociedad.
Aseguran que el espíritu de fomentar la transparencia y proteger los recursos con los que cuenta la sociedad civil organizada se lograrán solo mediante un nuevo enfoque hacendario, estimulando a las organizaciones y disminuyendo las cargas administrativas para generar de manera conjunta una cultura de confianza y cooperación entre OSC y autoridades.
“Todas las organizaciones reconocidas por la ley son sujetas de los mismos derechos y por lo tanto merecen especial protección y apoyo de parte del Estado ya que éste se beneficia directamente de una sociedad civil, activa, fuerte y en permanente crecimiento y desarrollo, siendo una de las mejores garantías de fortalecimiento de la vida democrática y la participación ciudadana en nuestro país”.
Concluye la carta abierta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que incluso ya está circulando como petición por los canales de Change.Org.