Rodrigo Islas Brito / RIOaxaca
Oaxaca de Juárez, Oax.- Las recomendaciones emitidas al gobierno mexicano de Enrique Peña Nieto, por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ONU) para la Protección de los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad al Hussein, luego de su visita al país, de octubre de 2015 a marzo de 2016, se hicieron públicas; destacando en ellas el rechazo a la tortura, desaparición y naturalización de la impunidad.
La primera recomendación es establecer un Consejo Asesor de renombrados y expertos en el campo de los derechos humanos y el combate a la impunidad para asesorar al Estado mexicano sobre estrategias y reformas que impulsen las capacidades de investigación y sanción, así como para revertir la tasa de impunidad imperante en el país.
Este Consejo, dice la ONU, “podría elaborar y presentar públicamente una evaluación a nivel nacional sobre la impunidad y recomendar una hoja de ruta para atender el asunto, evaluar su efectiva implementación y presentar informes públicos periódicos”.
La segunda de las catorce recomendaciones habla sobre aplicar una debida investigación de graves violaciones a los derechos humanos y fortalecer los esfuerzos para asegurar que todas las violaciones graves de derechos humanos, incluyendo la tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, sean investigadas y sancionadas adecuadamente por una oficina especializada de alto nivel de la Procuraduría General de la República.
Esta Oficina, recomienda la ONU, debe estar dirigida por un reconocido experto en materia de derechos humanos y el combate a la impunidad, y contribuir con las unidades especializadas ya existentes y procuradores dentro de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGR.
Esta Oficina agrega el organismo, deberá tener recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para llevar a cabo sus tareas de manera profesional y efectiva.
La tercera recomendación tiene que ver con el Código de Justicia Militar, pues la ONU comenta que si bien se da la bienvenida a las reformas de 2011 y 2014, se deben reformar además en dicho Código otras normas relevantes, con la finalidad de que la jurisdicción civil también conozca casos de violaciones de derechos humanos cometidas por los militares.
“Las autoridades civiles deberían cumplir plenamente con su deber de investigar adecuadamente cualquier práctica indebida por parte de elementos de las fuerzas armadas, incluyendo la responsabilidad de mando”, señala el organismo de arbitraje mundial
La cuarta recomendación tiene que ver con una seguridad pública en línea con los derechos humanos.
La ONU se pronuncia por que el gobierno mexicano complemente los esfuerzos ya iniciados para promover un enfoque de seguridad ciudadana en la seguridad pública con mayores medidas para asegurar que las políticas de seguridad pública y las instituciones que las ejecutan cumplan con los estándares internacionales de derechos humanos y garantizar una efectiva rendición de cuentas por violaciones cometidas por miembros de las fuerzas armadas.
La quinta recomendación tiene que ver con el uso de la fuerza, por lo que la ONU recomienda adoptar una ley nacional sobre el uso de la fuerza por parte de servidores públicos en concordancia con los estándares internacionales, y asegurar su efectiva implementación.
En la sexta recomendación el organismo se pronuncia por crear una institución nacional forense que sea autónoma e independiente, con suficientes recursos, que pueda dar servicio a todos los órganos de la administración de justicia, incluyendo a los tribunales, autoridades de procuración de justicia y representantes legales.
El séptimo punto tiene que ver con el registro de todas las detenciones, sobre complementar los esfuerzos existentes a fin de registrar a las personas privadas de su libertad, mediante la adopción de una ley nacional que establezca un registro unificado, de todo tipo de detenciones y personas privadas de la libertad, incluyendo medidas específicas de prevención para evitar detenciones arbitrarias, tortura y desapariciones.
El octavo punto de la recomendación va sobre aprobar una autonomía de diversos órganos, sobre tomar todas las medidas necesarias para garantizar el profesionalismo e independencia de los órganos públicos locales y federales, incluyendo aquellos de administración y procuración de justicia e instituciones de derechos humanos, y la de las personas que los encabecen. Investigar a fondo cualquier acto de presión política y corrupción, y separar a los servidores públicos de sus funciones en caso de ser encontrados culpables.
La novena recomendación es sobre la ratificación de instrumentos internacionales, que signifiquen:
a) Promover la firma y ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño; y reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada conforme a los artículos 31 y 32 de la Convención.
b) Firmar y ratificar todos los tratados Interamericanos de derechos humanos adoptados por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos que están pendientes de ratificación.
El décimo punto se refiere a asumir un mecanismo inter-institucional de alto nivel, que vaya sobre asegurar y monitorear la implementación, tanto a nivel local como nacional, de los estándares y recomendaciones internacionales y regionales de derechos humanos, fortaleciendo los mecanismos inter-institucionales de alto nivel creados para este propósito y el sistema nacional de estadística en derechos humanos.
La ONU especifica que ambos deben incluir mecanismos adecuados de participación de la sociedad civil y los sujetos de derechos.
El punto once se refiere a los Pueblos indígenas, sobre Garantizar que los pueblos indígenas sean consultados de manera adecuada cuando se planeen o tomen medidas que afecten sus derechos, particularmente en el contexto de proyectos de desarrollo, de corporaciones nacionales y transnacionales, apegándose a los estándares internacionales de derechos humanos.
El doceavo punto versa sobre las políticas públicas en favor de las mujeres, sobre incorporar aún más la perspectiva de derechos humanos en las políticas públicas sobre mujeres, particularmente aquellas destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, asegurando la asignación de recursos necesarios para su completa implementación.
La ONU agrega que el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) necesita ser fortalecido para proporcionar datos actualizados y ser una herramienta más accesible al público.
El punto 13 gira sobre la metodología de indicadores de la ONU-DH, de todas las instituciones federales y locales, en particular de los órganos autónomos y del poder ejecutivo y judicial, que deberán medir el impacto de las políticas públicas relacionadas con derechos humanos mediante la plena implementación de la metodología de indicadores de derechos humanos de la ONU-DH.
Señala que los procesos para el diseño de la política pública deberán basarse en información generada a través del sistema de indicadores, y una política de transparencia debe ser implementada. Deben ser asignados los fondos necesarios para el diseño del sistema de datos.
La catorceava y última recomendación de la ONU versa acerca de leyes generales sobre tortura y desaparición forzada, sobre adoptar dichas leyes de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, con la participación de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil para integrar adecuadamente sus consideraciones.
La ONU concluye que se debe asegurar la efectiva implementación de estas recomendaciones a nivel federal y estatal , incluyendo el desarrollo de las capacidades requeridas y asignando los recursos humanos y financieros necesarios.