Gladys Aguilar/RIOaxaca.
Oaxaca de Juárez. El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del estado de Oaxaca (IAIP) tanto el sistema electrónico de Acceso a la Información Pública han suspendido sus plazos en el procedimiento de trámites de solicitudes de información y sustanciación de recursos de revisión, presentados por dichas vías y de manera física para todos los sujetos obligados.
Esto a pesar de estar a 8 días de que ediles dejen su cargo municipios y deben entregar información pública solicitada por la ciudadanía, que por lo general tiene que ver con salarios y la aplicación de los recursos públicos.
La reanudación de sus labores será hasta el 5 de enero de 2017, quienes dejaron de laborar desde el 19 de diciembre, esto debido al acuerdo de aprobación de calendario Oficial de Sistema Electrónico INFOMEX y Plataforma nacional Transparencia con la calendarización del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) correspondiente al año 2016- 2017.
Lo anterior en cumplimiento al acuerdo aprobado por el Consejo General mediante sesión ordinaria celebrada el pasado 24 de noviembre de 2015.
¡Quienes son los sujetos obligados?
Las El Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
administraciones públicas estatales y municipales, incluyendo a los organismos desconcentrados y descentralizados; las empresas de participación estatal y municipal; y los fideicomisos públicos estatales o municipales.
El Poder Legislativo del Estado y sus Órganos de auditoría y fiscalización, cualquiera que sea su denominación.
El Poder Judicial del Estado.
Los Órganos Autónomos del Estado: Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Auditoria Superior del Estado, Comisión Estatal de Arbitraje Medico de Oaxaca, Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca, el Instituto Metropolitano de Planeación para el Desarrollo Sustentable, y los Demás que por disposición constitucional o legal se les otorgue autonomía.
Las Juntas en materia del trabajo.
Los sindicatos estatales como entidades de interés público, organizaciones no gubernamentales o cualquier otra persona física o moral, pública o privada, nacional o internacional o análogas que por cualquier forma reciban dinero o cualquier tipo de apoyo en especie del erario público del Estado de Oaxaca de conformidad con el marco legal aplicable.
Qué es un Recurso de Revisión ?
Es el medio de defensa jurídica que tiene por objeto garantizar que en los actos y resoluciones de los sujetos obligados se respeten las garantías de la legalidad y seguridad jurídica.
El Recurso de Revisión procede cuando:
El sujeto obligado no entregue al solicitante los datos personales solicitados, o lo haga en un formato incomprensible;
El sujeto obligado se niegue a efectuar modificaciones o correcciones a los datos personales;
El solicitante no esté conforme con el tiempo, el costo o la modalidad de entregas.
El solicitante considere que la información entregada es incompleta no corresponda a la información requerida en la solicitud; y
Habiendo operado la afirmativa ficta haya transcurrido el término de diez días hábiles sin que le sea proporcionada la información solicitada (Art. 69).