Resuelve IAIPO 17 recursos de revisión interpuestos por la ciudadanía

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Oaxaca de Juárez. En Sesión Pública, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO), resolvió 17 Recursos de Revisión para garantizar el Acceso a la Información Pública de los solicitantes.

En la sexta Sesión Ordinaria, el Pleno del Órgano Garante resolvió siete Recursos de Revisión de la ponencia del comisionado Presidente, Francisco Álvarez Figueroa; cinco de la ponencia del comisionado Abraham Soriano Reyes y cinco de la ponencia del Comisionado Juan Gómez Pérez.

El Consejo General del IAIPO resolvió tres Recursos de Revisión que involucran a la Dirección General de Notarías; en los tres se ordenó la entrega de la información, pues ésta es generada en ejercicio de las funciones del Sujeto Obligado.

En el asunto 051/2017, se ordenó la entrega de copias certificadas de los FIAT expedidos a favor de los notarios señalados por el solicitante; mientras que en el asunto 291/2016, se ordenó informar el número de notarios de Número designados al Distrito de Ocotlán de Morelos; finalmente en el asunto 052/2017 se ordenó la entrega de expedientes de los cuatro notarios señalados por el solicitante.

En la resolución del Recurso de Revisión 294/2016, el Pleno del IAIPO determinó procedente modificar la resolución del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) y, ordenó a la Unidad Administrativa competente, realizar la versión pública de las cédulas y títulos profesionales solicitados haciendo públicas las fotografías de los servidores públicos contenidos en éstas y ponerlas a disposición del solicitante.

Al resolver el Recurso de Revisión 257/2016, el Consejo General del IAIPO determinó que el Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, debe proporcionar la información de las 48 fracciones del Art. 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En lo que respecta al Recurso de Revisión 013/2017, interpuesto en contra de la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), fue declarado como inoperante por el Consejo General, ya que el Sujeto Obligado no es competente para otorgar la información solicitada, por lo que debe orientar al solicitante con el Sujeto Obligado correspondiente.

Al resolver los asuntos 276/2016 y 254/2016 correspondientes al Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de Cuentas y a la Coordinación General de Comunicación del Poder Ejecutivo, el Consejo General del IAIPO determinó que estas instituciones deben fundamentar su incompetencia respecto a la información que les fue solicitada, y ésta debe ser confirmada por su Comité de Transparencia.

Los asuntos 271/2016, 277/2016, 289/2016, 292/2016, 298/2016, 300/2016 y 007/2017 que corresponden a la Coordinación General de Comunicación Social, Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (SCTG), Ayuntamiento de San Lorenzo Cacaotepec, Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa (IOCIFED), Archivo General del Poder Ejecutivo del Estado y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca (TSJO), se declararon sobreseídos debido a que entregaron la información faltante o bien el recurrente se desistió expresamente.

En esta sexta Sesión Ordinaria, el Consejo General también aprobó los Lineamientos que establecen el Procedimiento de Verificación y Seguimiento del Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia que deben publicar los Sujetos Obligados en el Estado de Oaxaca en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y Lineamientos que establecen el Procedimiento de Denuncia previsto en los Artículos 89 a 99 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 152 a 155 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca por incumplimiento o falta de actualización de la publicación de las Obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados.

De igual forma, el Pleno del Órgano Garante aprobó diversos dictámenes sobre la procedencia de incorporación o desincorporación del Padrón de Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca; y se aprobaron la modificación de 12 tablas de aplicabilidad de igual número de Sujetos Obligados y se aprobaron cinco tablas de aplicabilidad más.