El Universal.
Ciudad de México.En Oaxaca, el Código Penal destina todo un capítulo al tema del aborto y sus sanciones. El artículo 313, por ejemplo, estipula que a una mujer que decide abortar se le castiga con una pena de uno a seis años de cárcel. Según el 315, la pena podría ser menor, de seis meses a dos años, siempre que “no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo y que éste sea fruto de unión ilegítima”.
Pero aunque existen estas penas, Juan Carlos Hernández, abogado penalista, señala que para el seguimiento de una interrupción ilegal de un embarazo debe existir una denuncia, sin ellas no hay cifras que precisen cuántos casos están siendo investigados. “Las denuncias son pautas que además de iniciar procesos, sirven para cuantificar la ocurrencia; quien lo comete rara vez es descubierta y por tanto denunciada”, declara.
A nivel nacional, la interrupción del embarazo es legal en todos los estados en casos de violación, a pesar de ello en Sonora se ha negado dicho derecho. En Oaxaca, Guanajuato, Guerrero y Querétaro también se permite si hay riesgo para la vida de la mujer y en 14 estados es legal si hay deformidades fetales graves.
En su más reciente informe, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) precisa que una legislación restrictiva y la falta de acceso aun en las causales legales, orilla a que muchas mujeres recurran a abortos clandestinos que ponen en riesgo su vida. Indica, además, que se han setenciado a 127 mujeres en 19 entidades por violar estas legislaciones.
De acuerdo con la Secretaría de Salud, sólo en 2010 la interrupción ilegal de un embarazo significó 11% de las muertes maternas, que se hubieran evitado con acceso al aborto legal y seguro.