Oaxaca de Juárez. Las y los Diputados de la LXIII Legislatura brindaron certeza jurídica para que las familias de las comunidades indígenas de Oaxaca puedan registrar a sus hijos con nombres provenientes de sus lenguas maternas, lo anterior se da luego de la reforma al artículo 68 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.
Lo legisladores locales precisaron que con esta aprobación, buscan garantizar el derecho que cada familia indígena tiene para registrar a sus hijos bajo las reglas escritas y fonéticas que establezca su lengua materna.
Agregaron que cumplieron con el control de convencionalidad, la cual establece que el Estado Mexicano se encuentra obligado a respetar y cumplir los Derechos de las mujeres y hombres indígenas, promoviendo medidas que protejan los rasgos culturales de los pueblos originarios e implementando acciones para erradicar cualquier acto de discriminación, en estricto apego a la declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
La reformar al artículo 68 del Código Civil de Oaxaca consta de la adición de un último párrafo, en el cual se establece que “en todos los casos que se requiera, el Oficial del Registro Civil, está obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación perteneciente a las lengua indígenas de Oaxaca “.
Fotografía: Félix Reyez Matías