Reforma
Ciudad de México. Una juez federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) crear una Comisión Especial de Búsqueda para localizar a Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, presuntos líderes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) desaparecidos el 25 de mayo de 2007 en Oaxaca.
María Dolores Núñez Solorio, Juez Cuarto de Distrito en Amparo Penal de la Ciudad de México, también ordenó abrir los cuarteles militares para facilitar la búsqueda de los restos de los eperristas, así como interrogar a los mandos del Ejército que estaban en funciones en 2007 en ese estado.
Sus mandamientos son parte del amparo concedido a familiares de las dos víctimas, entre ellas la hija de Reyes Amaya, Nadin Reyes Maldonado, quien coordina el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos Hasta Encontrarlos.
“(La FGR debe) dejar insubsistente el proveído de 16 de febrero de 2015, a través del cual… se negó a reconocer la conformación y creación de la Comisión Especial de Búsqueda para localizar a los directos quejosos, y en su lugar, deberá emitir otra determinación, en la cual, habrá de reconocer dicho grupo de trabajo”, dice el fallo que aún no es definitivo porque puede ser impugnado por la Fiscalía.
“El Secretario de la Defensa Nacional, por conducto de todos los integrantes del Ejército mexicano, deberá prestar las facilidades necesarias al fiscal federal encargado de la integración de la investigación de origen, así como a cualquier autoridad que tenga la encomienda de dar con el paradero de los directos quejosos a fin de que se investigue su desaparición forzada; por ejemplo, permitir la entrada a cualquier instalación militar, con las debidas medidas de seguridad, para buscar a (Cruz y Reyes), o bien, sus restos mortales”.
Con base en la recomendación 7/2009 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la juez sostiene que los indicios son aptos para considerar que en la detención de los eperristas participaron agentes del Estado.
En especial, implica a militares de la Octava Región en Ixcotel, elementos de la Dirección General de Seguridad Pública, la entonces Policía Ministerial y de la Dirección de Seguridad Pública del Municipio de Oaxaca.
En 2008, la SEIDO detuvo a Pedro Hernández Hernández, subdirector operativo de la Policía Ministerial estatal, y a su subordinado Ángel Reyes Cruz, por la captura ilegal de los eperristas, con base en el dicho de un testigo protegido. Después de un arraigo domiciliario de 90 días, ambos fueron liberados por falta de pruebas.
Ahora, con la sentencia de la juez Núñez también se ordenó a la Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas, dependiente de la Subprocuraduría de Derechos Humanos de la FGR, investigar de manera pronta y exhaustiva la desaparición forzada de los guerrilleros.
“(Deberá) tomar la declaración de los mandos militares que hubieran estado en funciones en mayo de 2007 en el estado de Oaxaca, a fin de dilucidar su posible participación en la desaparición forzada de los directos agraviados, o incluso, a efecto de indagar el paradero de estos últimos”, señala.
Además, por orden de la juez, la FGR deberá llevar a cabo “todas las diligencias que estime pertinentes para la localización con vida” de los eperristas, publicar en su página de internet la investigación y sus pruebas, y comunicar cada 10 días los avances de la búsqueda.
Al titular de la Sedena le ordenó publicar por una sola ocasión un extracto de esta sentencia en un diario de circulación nacional; mientras que el Secretario de Seguridad Pública y el Fiscal de Oaxaca deberán hacerlo en un diario estatal.
La juez instruyó a los quejosos acudir a la FGR para manifestar si quieren o no iniciar un procedimiento de declaración especial de ausencia de los dos desaparecidos.
También les concedió en este amparo el derecho a recibir atención médica, psicológica y psiquiátrica especializada, en caso de que así lo soliciten. Al mismo tiempo, ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas iniciar un procedimiento de pago de compensación económica.
Los ordenamientos no serán efectivos hasta que causen estado y esto puede suceder si la Fiscalía no presenta el recurso de revisión en el plazo de 10 días posteriores a partir de la notificación de la sentencia.
Si la FGR impugna el fallo, éste será cumplido hasta que un tribunal colegiado lo confirme.
Cabe mencionar que esta fue la iniciativa del entonces ombudsman de Oaxaca, Arturo Peimbert, de acusar de delitos de lesa humanidad a los ex presidentes Vicente Fox y Felipe Calderón, en especial al ex gobernador Ulises Ruiz, para encontrar justicia para las víctimas de la represión en Oaxaca en 2006, y una ocasión para que el actual gobierno acompañe la petición y demuestre su compromiso con los derechos humanos.
Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, presuntos líderes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) desaparecieron el 25 de mayo de 2007 en la Ciudad de Oaxaca. Se dice que el entonces comandante de la Policía Auxiliar, Bancaria e industrial (PABIC) Alejandro Barrita, se los llevo para interrogarlos, después ya no se supo nada de ellos. Unos meses más tarde Alejandro Barrita fue asesinado cuando corría en el parque el “Tequio”, junto con uno de sus escoltas.
Ese fue uno de los tantos escándalos que marco el sexenio de Ulises Ruiz Ortiz (2004-2010).