El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó como jurídicamente válidas las elecciones ordinarias de diversos municipios que se rigen por su sistema normativo indígena.
Esto al determinar que los ayuntamientos que realizaron asambleas de elección para renovar a sus autoridades, cumplieron con las normas comunitarias, garantizaron derechos fundamentales, el principio de universalidad del sufragio, así como con la participación de mujeres y su acceso a cargos de elección popular.
Los municipios con elección válida son San Agustín Loxicha, San Bartolomé Loxicha, Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz, Candelaria Loxicha, Mesones Hidalgo, San Esteban Atatlahuca, San Juan Lalana, San Ildefonso Amatlán y San Juan Tamazola.
También, San Pedro Ixtlahuaca, Santa Lucia Ocotlán, San Miguel Piedras, Santa María Lachixio, Santo Tomas Ocotepec, Santiago Apóstol, Santa María Yucuhiti, Santa María Chilchotla, Santiago Jocotepec y San Mateo del Mar.
En los acuerdos, se vinculó a las autoridades electas, a la asamblea general y a la comunidad para que fortalezcan la participación de las mujeres en sus próximas asambleas y apliquen el principio de progresividad.
Respecto al municipio de Santa Catarina Lachatao, el Consejo General determinó como no valida su elección al no haber garantizado la participación de todas las agencias en su asamblea electiva.