En la Décimo Octava Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) analizó y resolvió 34 recursos de revisión presentados por solicitantes de información.
Respecto al sentido de las resoluciones emitidas por el Consejo General a los recursos de revisión, en tres casos estos fueron sobreseídos, en ocho se confirma la respuesta del sujeto obligado, y en 23 se revoca o modifica la respuesta de la institución pública.
El Consejo General del IAIPO resolvió tres recursos de revisión que involucraron a la Secretaría de Administración; en el asunto 0249/20196/SICOM, el IAIPO ordenó a este Sujeto obligado proporcionar en formato electrónico copia de las nóminas del personal de honorarios de Enero a Abril de 2019, así como copia del documento que le da la facultad de revisar la solicitud de pago de las cuentas por liquidar certificadas de servicios personales de los organismos descentralizados.
En la resolución al recurso de revisión 0351/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó a la Secretaría de Administración proporcionar la información solicitada respecto del inmueble denominado “Arrocera San José” ubicado en el municipio de San Juan Bautista Tuxtepec.
Mientras que en la resolución al recurso de revisión 0367/2019/SICOM, se ordenó a este Sujeto obligado realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos de la copia del contrato de seguro de responsabilidad y fianzas que pudo haber celebrado; en caso de no contar con la información debe realizar la declaratoria de inexistencia correspondiente.
El Consejo General del IAIPO resolvió cuatro recursos de revisión que involucran al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; en la resolución al asunto 293/2019/SICOM, se ordenó a este sujeto obligado realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de la Dirección de Recursos Humanos y hacer entrega de un listado del personal que labora en la modalidad de honorarios; mientras que en el asunto 338/2019/SICOM se ordenó proporcionar el acuerdo de designación de los integrantes del Comité de Transparencia y del documento que acredite a la servidora pública respectiva como Directora de la Unidad de Transparencia.
En la resolución al recurso de revisión 0369/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó al H. Congreso del Estado de Oaxaca realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos de la copia del nombramiento actual y vigente de una Magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa.
Asimismo, en el asunto 055/2019 se ordenó al H. Congreso del Estado de Oaxaca proporcionar comprobante de pago de impuestos realizado ante la oficina recaudadora derivado de las retenciones a los trabajadores de todos los niveles del Sujeto Obligado, lo anterior desde el inicio de ésta Legislatura hasta la fecha en que fue realizada la solicitud de información.
En la resolución al recurso de revisión 0353/2019/SICOM, los comisionados del Órgano Garante ordenaron al Ayuntamiento de Salina Cruz proporcionar información respecto a ingresos municipales, informes de ejercicio del gasto del primer trimestre 2019, remuneración bruta y neta de servidores públicos, contrataciones de servicios personales por honorarios, padrón de proveedores y contratistas y pago de publicidad.
El Consejo General del IAIPO resolvió dos asuntos que involucraron al Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca (IEBO). En el asunto 0355/2019/SICOM, se ordenó realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos de los apoyos que se hayan otorgado a la persona moral Editorial Avispero en los últimos nueve años, en caso de no contar con la información debe realizar declaratoria de inexistencia de la misma; mientras que en el asunto 0302/2019/SICOM se ordenó buscar en las diversas áreas administrativas que lo conforman y proporcionar la información solicitada referente a “informes sobre su colaboración con el colectivo avispero, o con Leonardo da Jandra, ya sea por la jornadas vasconcelianas o por la revista avispero”.
En la resolución al recurso de revisión 0359/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó a la Secretaría de Turismo realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos sobre el precio de los boletos para la Guelaguetza en 2015 y 2016, en caso de no contar con la información debe realizar declaratoria de inexistencia de la misma.
Al resolver el recurso de revisión 0365/2019/SICOM, el IAIPO ordenó a la Secretaría de Finanzas realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos de la copia del contrato de seguro de responsabilidad y fianzas que pudo haber celebrado; en caso de no contar con la información debe realizar la declaratoria de inexistencia correspondiente.
En el caso de la resolución al recurso de revisión 065/2019, el Consejo General ordenó al Ayuntamiento de Miahuatlán de Porfirio Díaz, poner a disposición de la recurrente la información requerida en la solicitud de información, se trata de información considerada como Obligaciones de Transparencia.
En la resolución al recurso de revisión 0377/2019/SICOM, el IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Agustín Etla, proporcionar al recurrente el Acta de Integración del Consejo de Desarrollo Social Municipal, Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos; Acta de Selección de Obras y Acata de Integración del Comité de Obras para los años 2018 y 2019.
Respecto al recurso de revisión 072/2019, en esta resolución el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec proporcionar información sobre las empresas (razón social, representante legal, objeto de operación y contrato) que fueron pagadas a través de las partidas: por servicios profesionales, científicos y técnicos integrales; servicios de capacitación y Combustibles, lubricantes y aditivos.
En el recurso de revisión 0100/2019/SICOM presentado en contra del Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, el Pleno del IAIPO resolvió que este ayuntamiento debe proporcionar la información solicitada relativa a todas las fracciones del Artículo 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señaladas como Obligaciones de Transparencia comunes y específicas.
En el caso del recurso de revisión 0199/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO consideró parcialmente fundado el motivo de inconformidad en contra de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y debe informar cuantos policías estatales en el ejercicio de sus funciones fueron denunciados por parte de civiles y el motivo de ésta, dicha denuncia hasta que etapa del proceso ha llegado y en cuales se ha dictado resolución.
Respecto al recurso de revisión en contra de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, el Pleno del IAIPO resolvió que este sujeto obligado debe realizar los ajustes respecto del costo por la expedición de copias en versión pública de los expedientes solicitados, indicándole al recurrente el procedimiento de entrega una vez realizado el pago correspondiente.
Al resolver el recurso de revisión 0235/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) realizar una correcta clasificación del oficio número SSP/SIDI/0136/2017, mediante la aplicación adecuada de la prueba de daño, aprobada por su Comité de Transparencia y adjuntando pruebas fehacientes de que dicho documento se encuentra vinculado a la causal de reserva.
En el caso del recurso de revisión 0312/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Villa de Etla proporcionar un informe detallado de la adquisición de libros y revistas para las bibliotecas que están bajo su jurisdicción, en el que se especifique el monto destinado a libros y revistas, monto por proveedor y por editorial.
Respecto al asunto 0164/20196/SICOM, el IAIPO ordenó a la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) proporcionar la información sobre la Facultad de Contaduría de Administración y el Bachillerato en Contaduría y Administración; para el supuesto en que la entrega de lo solicitado a través de copias genere un costo, debe señalarle al recurrente el procedimiento a seguir para cubrirlo.
En el caso del recurso de revisión 017/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Villa de Zaachila proporcionar información sobre los dos predios que conforman la totalidad de la superficie en donde se construye el nuevo panteón.
En el asunto 212/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO determinó que la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado de Oaxaca deberá proporcionar la convocatoria para la integración del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés, acta de instalación del mismo, acta por la que se le toma protesta al nuevo integrante del comité en cuestión y programa anual de trabajo del mismo.
Los recursos de revisión en contra de la Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías (335/2019/SICOM), Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (0309/2019/SICOM) y la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (0337/2019/SICOM) fueron sobreseídos.
Finalmente, en los recursos de revisión en contra de la Secretaría de Movilidad (247/2019/SICOM), Secretaría General de Gobierno (0194/2019/SICOM), Fiscalía General del Estado de Oaxaca (0200/2019/SICOM), Tribunal Superior de Justicia (0318/2019/SICOM), Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Oaxaca (0326/2019/SICOM), Fiscalía General del Estado de Oaxaca (0313/2019/SICOM), Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (0333/2019/SICOM) e Instituto Oaxaqueño del Emprendedor y la Competitividad (0361/2019/SICOM) se confirmó la respuesta emitida por estos sujetos obligados a las solicitudes de información.