SCJN revisará amparos de Odebrecht contra ley anticorrupción

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La Jornada

La empresa Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional consiguió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitiera revisar los amparos que promovió desde el año pasado en contra de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que sirvió de base para que la Secretaría de la Función Pública (SFP), la multara e inhabilitarla para participar en licitaciones del gobierno federal.

Concretamente, se impugnan de cuatro circulares emitidas por la SFP que fueron notificadas oficialmente a Odebrecht el 17 de abril del 2018, donde se inhabilitaba a la empresa y a sus directivos Gleiber José de Faría y Luis Alberto de Meneses Weyll, de la prohibición para participar en cualquier licitación pública por un periodo de dos años y seis meses, debido al incumplimiento en que incurrieron en otros contratos.

Ante esta decisión, la empresa promovió los amparos 526/2018 y 571/2018 ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México, los cuales fueron negados en primera instancia, por lo que pidió revisar el fallo en el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa quien, por la novedad de los temas constitucionales a resolver, remitió el asunto a la SCJN.

En el acuerdo de admisión del asunto, firmado por el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, se detalla que el tema a resolver por el máximo tribunal serán los “supuestos de responsabilidad consistente en que el sujeto directa o indirectamente realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimento de estos”.

Por la naturaleza del tema a resolver, el caso fue remitido a la Segunda Sala de la SCJN, y por turno corresponderá al ministro Fernando Franco González Salas estudiarlo y elaborar un proyecto de sentencia para someterlo a votación de sus pares.