Corte acepta a trámite controversia contra salarios de consejeros del INE

0
282

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó a trámite una controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados, mediante la cual impugnó los salarios de los altos mandos del Instituto Nacional Electoral (INE) al considerar que son superiores al del Presidente de la República.

Sin embargo, el tribunal constitucional no se ha pronunciado sobre la suspensión solicitada, por lo que los directivos y consejeros del INE podrán seguir gozando de las percepciones de hasta 170 mil pesos mensuales, 60 mil pesos más que el Presidente de la República.

Dichos salarios están previstas en el Manual de Remuneraciones para los Servidores Públicos de Mando para el Ejercicio Fiscal 2020, aprobado en diciembre pasado por la Junta General Ejecutiva del INE.

“Se tiene por presentado a la promovente y se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que se puedan advertir de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, dice un acuerdo publicado por el Tribunal Constitucional.

“En cuanto a la solicitud de suspensión realizada por el promovente, fórmese el cuaderno incidental respectivo con copia certificada del oficio”, agrega la notificación. Hasta ahora la Suprema Corte no se ha resuelto si se concede o no dicha suspensión.

La Suprema Corte tampoco se ha pronunciado sobre la solicitud que formula la Cámara de Diputados, en el sentido de que este asunto se tramite y resuelva de manera prioritaria.

“Sin mayor trámite, se ordena remitir a la Secretaría General de Acuerdos de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación copia certificada del escrito inicial de demanda y de las constancias necesarias a efecto de que provea lo atinente”, puntualizó.

Lo que sí resolvió la Suprema Corte es que la Cámara de Senadores no será considerada en este asunto como tercero interesado y advirtió que quienes sí tendrán ese carácter son el Ejecutivo Federal y la Fiscalía General de la República, a quienes ya se solicitó sus informes reactivos los cuales tendrán que rendir en un plano no mayor a 30 días, mismo plazo que tiene el INE para contestar la demanda.

“Se requiere a la autoridad demandada para que al dar contestación remita copia certificada de todas las documentales relacionadas con el acuerdo impugnado, apercibido que, de no cumplir con lo anterior, se le aplicará una multa”, advirtió la Suprema Corte.

La Cámara de Diputados impugnó el Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban para el Ejercicio Fiscal 2020, el Manual de Remuneraciones para los Servidores Públicos de Mando.

Así como la publicación de la estructura ocupacional en el Diario Oficial de la Federación y la actualización de los tabuladores de sueldos para el Personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, para el Personal de la Rama Administrativa y el de remuneraciones para las contrataciones bajo el régimen de honorarios permanentes.

Dicho acuerdo se aprobó en sesión extraordinaria por la Junta General Ejecutiva, celebrada el 20 de diciembre de 2019, según de advierten en el expediente INE/JGE245/2019.

El Financiero