Confirma TEEO improcedencia de solicitud promovida en procedimiento especial sancionador

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En sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, identificado con la clave JDC/123/2020, que se actualiza la causal de improcedencia de la solicitud promovida por el Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez para el desahogo de pruebas dentro del expediente PES/01/2020.

Esta resolución se tomó en función de que no se había agotado el principio de definitividad, dado que el acuerdo controvertido no causa un perjuicio real, directo e inmediato a los derechos del actor, al ser un acto procedimental que -por sí mismo- no materializó ninguna afectación.

En la misma sesión, en el juicio ciudadano con número JDC/90/2020, el Pleno del TEEO resolvió que la Presidenta Municipal de San Jacinto Amilpas ha incurrido en actos reiterados de violencia política en razón de género, en contra de la Regidora de Equidad y Género de ese Ayuntamiento.

En la sentencia se advierte que la autoridad señalada incurrió en conductas omisivas que se traducen en impedimentos materiales para que la actora desempeñe el cargo, y que van dirigidas a privarla de la oportunidad de ejercer su derechos político electorales de ser votada en su vertiente de acceso y desempeño del cargo.

La Magistrada y los Magistrados del TEEO declararon fundados los agravios contra la Regidora relativos a la privación de presidir la comisión municipal de su área, participar en comisiones vinculadas y omisión del pago de dietas.

“A pesar que este Tribunal ha emitido resoluciones de diversos expedientes teniendo por acreditada la obstaculización por parte de la citada autoridad de no convocar a la actora a sesiones de Cabildo, esta no ha dado cabal cumplimiento a lo que se le ha ordenado en las referidas ejecutorias, actualizando con ello, la repetición del acto reclamado”, expone la resolución.

Por otro lado, el Pleno sobreseyó los juicios ciudadanos con claves JDC/29/2020 y JDC/32/2020 promovidos por concejales del Ayuntamiento de Ayotzintepec contra el Presidente Municipal de esa localidad; toda vez que los actores se desistieron, por escrito, de sus demandas.–