Se extiende plazo para la integración de Consejos Distritales y Municipales del IEEPCO

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En sesión extraordinaria urgente, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó la modificación de los plazos de las convocatorias para la integración de los 25 Consejos Distritales y 153 Consejos Municipales electorales, que se instalarán para la organización del Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.  

Lo anterior, con la finalidad de que las personas que aspiren a formar parte de alguno de los consejos cuenten con un mayor lapso para realizar su registro, por lo que será el 18 de diciembre del presente año la fecha límite para quienes aspiren a integrar un Consejo Distrital, y el 26 de diciembre, el límite para las personas que busquen competir por un espacio en uno de los Consejos Municipales.  

Cabe señalar, que al modificarse la fecha límite para el registro también se ajustan los demás plazos contenidos en las respectivas convocatorias, a fin de maximizar los derechos políticos y electorales de las y los ciudadanos, las nuevas fechas podrán consultarse en la página del IEEPCO www.ieepco.org.mx , así como en sus redes sociales institucionales.  

Por otro lado, mediante acuerdo IEEPCO-CG-47/2020, las consejeras y consejeros electorales de este órgano autónomo, determinaron el orden de prelación que deberán integrar las Ayuntamientos que se rigen por el Sistema de Partidos Políticos para el PEO 2020-2021, para ello, el IEEPCO consideró la proyección poblacional del año 2020 emitida por el Consejo Nacional de Población a fin de otorgar certeza sobre el número de ciudadanas y ciudadanos que componen los diversos municipios.  

Es decir, el número de Sindicaturas y de Concejalías de Mayoría Relativa y Representación Proporcional que integre cada municipio será en función de su número de habitantes, entre mayor sea el número corresponderán más cargos.  

Finalmente, respecto al nombramiento de autoridades por Sistemas Normativos Indígenas, el Instituto Electoral calificó como jurídicamente válidas las elecciones ordinarias de los municipios de San Sebastián Nicananduta, Santa María Tepantlali y San Juan Cotzocón.