Tribunal Electoral vincula obligatoriamente a partidos a postular 7 mujeres a gubernaturas de 2021

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El Financiero

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acordó vincular, es decir, ordenar, a los partidos a que 7 de 15 candidaturas a gubernaturas en juego en 2021 sean para mujeres.

Inicialmente, el INE aprobó un acuerdo en materia de paridad de género que estableció que, con la finalidad de impulsar la participación política de las mujeres, los partidos debían postular por lo menos a 7 mujeres a las 15 gubernaturas que estarán en disputa.

Sin embargo, la magistrada Janine Otálora, autora del proyecto de sentencia, fue más allá, modificó la determinación del INE y propuso que debían de ser 8 candidaturas para mujeres, lo cual fue rechazado por la mayoría de sus colegas.

La magistrada Mónica Soto estuvo a favor del proyecto de Otálora con el argumento de que las mujeres han vivido una violencia y exclusión sistémica en México, por lo que se debe impulsar que tengan mayor presencia en la vida pública.

“Durante décadas las mujeres han sufrido la violencia patriarcal”, argumentó.

“La cultural patriarcal ha sometido a las mujeres. Es preciso, necesario, indispensable que haya más mujeres gobernadoras en el país”.

El magistrado Reyes Rodríguez, quien también defendió el proyecto de su colega Otálora, aseveró que el Tribunal puede hacer efecto el principio de paridad en los distintos órganos y niveles de Gobierno.

Otálora defendió que la Sala Superior en el pasado ya ha determinado tomar acciones afirmativas para promover la participación de mujeres.

Lamentó que, pese a que las mujeres han tenido poco acceso a cargos públicos históricamente, se haya echado para abajo su proyecto.

“Hoy inquieta que de 15 gubernaturas se propongan siete u ocho candidatas a las gubernaturas que se elegirán durante el año que entra”, expuso.

Al final, por mayoría de votos, se decidió echar para abajo el proyecto de sentencia de Otálora y el acuerdo del INE de establecer paridad de género en las candidaturas a gubernaturas.

El argumento de la mayoría de los magistrados para rechazar el proyecto consistió en que el INE se excedió en sus facultades legales al aprobar dicho acuerdo de paridad, ya que es a los legisladores a quienes les corresponde determinar las reglas electorales a nivel nacional.

Adicionalmente, indicaron que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) y las legislaturas locales son los únicos facultados para establecer las reglas electorales de sus respectivas entidades.

“Hay que respetar el principio del federalismo”, arguyó el magistrado Felipe Fuentes Barrera.

“Es una competencia local”.

El presidente del Tribunal, José Luis Vargas, reiteró que el INE no es competente para tomar este tipo de decisiones.

“El INE actuó excedido de sus facultades legales”, apuntó.

Pese a que se rechazaron el proyecto de Otálora y el acuerdo del INE, al final la mayoría de los magistrados acordó que los partidos sí debían ser vinculados, es decir, ordenados a postular 7 mujeres.

Esto pese a que un grupo de magistrados pedía que únicamente se les exhortara a los partidos a cumplir con esa medida.

Por lo tanto, aunque legalmente se revocó el acuerdo de paridad aprobado por el INE, se decidió vincular a los partidos a postular a 7 mujeres, lo cual para efectos legales tiene un efecto similar.

Asimismo, también se acordó vincular a los congresos federal y locales a que legislen para que haya paridad de género en las gubernaturas.

“Estoy a favor de vincular obligatoria de manera directa a los partidos políticos nacionales a tener 7 candidatas a gobernadora”, aseveró el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien recibió el respaldo de Rodríguez, Otálora y Soto.