Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), dé respuesta a la consulta realizada por la Regidora de Equidad y Género del Ayuntamiento de San Jacinto Amilpas.
En sesión realizada por videoconferencia, el Pleno de este órgano jurisdiccional revocó el oficio número IEEPCO/DEPPPyCI/64/2021, emitido por la Directora Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidaturas Independientes del IEEPCO, mediante el cual dio respuesta a las dudas de la actora; por carecer de facultades para tal efecto.
En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con clave JDC/43/2021, la Magistrada y los Magistrados señalaron que, de la revisión del marco jurídico aplicable al Consejo General del Instituto, se desprende que cuenta con facultades para dar respuesta a las consultas que en materia electoral le formule la ciudadanía, con el propósito de esclarecer el sentido del ordenamiento legal.
Mediante escrito, el 14 de diciembre de 2020, la actora consultó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral diversos aspectos relacionados con su pretensión de contender, a través de la figura de elección consecutiva, como candidata a Presidenta Municipal de San Jacinto Amilpas, en el proceso electoral en marcha, además, requirió la emisión de acciones afirmativas a favor de las mujeres víctimas de violencia política en razón de género.
Sin embargo, el IEEPCO dio respuesta mediante la Directora Ejecutiva, lo que motivó la inconformidad de la actora al estimar que esta carece de facultades.
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