El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el registro del ciudadano Francisco Javier Niño Hernández, como candidato propietario de MORENA a diputado local por el distrito electoral 03, con cabecera en Loma Bonita, Oaxaca; ya que no se encuentra acreditada, de manera fehaciente, la autoadscripción indígena que aludió este partido ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
En consecuencia, este órgano jurisdiccional ordenó al partido político MORENA que, rectifique la candidatura y presente una nueva postulación, dentro del plazo de 48 horas siguientes a la notificación de la presente sentencia.
En el deshago del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/134/2021, se advirtió que, de la revisión a la solicitud de registro, se observó que el ciudadano registrado no se autoadscribió como indígena; además, en el escrito de manifestación de autoadscripción indígena presentado con posterioridad, se constató que el aspirante no refirió de qué comunidad indígena es originario o descendiente.
El Pleno, con el voto en contra de la Magistrada Presidenta, Mtra. Elizabeth Bautista Velasco; argumentó, también, que Niño Hernández indicó haber nacido y tener una residencia por más de 40 años, en la ciudad San Juan Bautista Tuxtepec, con lo que quedó insatisfecha la demostración de ser originario o pertenecer a una comunidad indígena, aunado a que el Municipio en el que radica no se ubica dentro del Distrito Electoral Local 03, al que pretende representar.
En este asunto, el TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-45/2021, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral; ya que esta autoridad omitió realizar el análisis de las documentales presentadas por MORENA para acreditar la autoadscripción indígena calificada de la persona postulada como candidato, y en consecuencia, incumplió con el deber de motivar su determinación.
Por otro lado, en la misma sesión pública realizada este domingo mediante videoconferencia, la Magistrada y los Magistrados desecharon el juicio con clave JDC/149/2021,incoado por Lourdes Yuridia Rosales Martínez, candidata en la Quinta Fórmula por el principio de Representación Proporcional del partido Político Movimiento Ciudadano; mediante el cual impugnó el acuerdo IEEPCO-CG-46/2021, por el que se registran las candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional, postuladas por los partidos políticos que conforman la coalición “Va Por Oaxaca”.Expusieron que se actualiza la causal de improcedencia, consistente en la falta de interés jurídico de la promovente, ya que del análisis de las constancias que obran en autos, no se advierte que el acuerdo impugnado le genere una afectación a su esfera jurídica de derechos.