El Congreso de Oaxaca analiza reformar la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado, a fin de garantizar mecanismos que les permitan tener acceso a la justicia pronta, expedita y homologar la ley estatal con las disposiciones federales.
La propuesta legislativa establece reformar los artículos, 9, 10, 40, 89, y la adición a la Fracción IX del Artículo 35, la Fracción III del Artículo 71 y el Capitulo Cuarto denominada “de las Sanciones”, así como el Artículo 97 de la legislación en mención.
Lo anterior, para limitar tiempos y evitar la dilación intencional en la resolución de los conflictos que sean de conocimiento de las juntas de arbitraje.
Actualmente, una de las razones de la prolongación de los juicios laborales, es la temporalidad de la cuantificación de los salarios caídos que ha tenido como consecuencia el incumplimiento a favor del o la trabajadora, negándole así el derecho a un recurso judicial efectivo.
Asimismo plantea responsabilizar a los poderes del Estado a que de acuerdo con la partida que el presupuesto de egresos haya fijado para el tema de laudos laborales, cubran la indemnización por la separación injustificada cuando los trabajadores de base hayan optado por ella, y realizar el finiquito en una sola exhibición.
Tambien, se propone establecer que, la edad para ingresar al Servicio Civil de carrera sea de 18 años, ya que la redacción actual de la ley en mención permite el ingreso de menores de 16 años, cuando se debe ponderar su derecho, y evitar que por causa laboral interrumpan sus estudios y asuman obligaciones que afecten su proyecto de vida.