El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó sancionar con hasta tres años de cárcel, al patrón o empleador que obligue al trabajador a firmar documentos en blanco.
Mediante adiciones a los artículos 227 y 229 del Código Penal para el Estado de Oaxaca, quedó establecido que la falsificación de documentos se comete cuando se falsifique, adultere o haga uso indebido de rúbricas o firmas en documentos de carácter público y privado con efectos jurídicos en materia laboral.
Se considerará falsificación de documentos cuando se obligue o coaccione a algún trabajador a firmar documentos en blanco que implique renuncia de sus derechos, o le imponga obligaciones con el fin de menoscabar o anular sus garantías, ya sea que el trabajador labore en una empresa o institución pública o privada.
La modificación legislativa precisa que, en los casos en que el patrón o empleador sea un servidor público, se le aplicará de seis meses a tres años de cárcel y se le destituirá del cargo.
La reforma fue propuesta por las congresistas Elim Antonio Aquino, del Grupo Parlamentario de Mujeres Independientes; Hilda Pérez Luis, del Grupo Parlamentario de Morena y Aleida Serrano Rosado, así como por los diputados Noé Doroteo Castillejos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo y Pável Meléndez Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.
El dictamen aprobado por el Pleno de la LXIV Legislatura, fue emitido por las Comisiones Permanentes Unidas de Administración y Procuración de Justicia, y de Trabajo y Seguridad Social.