En sesión pública realizada mediante videoconferencia, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) confirmó la declaración de validez de la elección de concejales al Ayuntamiento de San Pedro y San Pablo Teposcolula, así como, la entrega de la constancia de mayoría expedida a la planilla postulada por MORENA.
Mediante la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/246/2021, también fue validado el acuerdo del Instituto Estatal Electoral con número IEEPCO-CG-89/2021, al igual que, el acta de cómputo municipal de 24 de julio del año en curso.
Respecto al agravio hecho valer por Adalberto Reyes Ávila, quien se ostentó como candidato no registrado a primer concejal de esa localidad, respecto a que se le diera validez a los votos asentados con su nombre; este órgano jurisdiccional advirtió que esta situación generarían una distorsión del régimen electoral vigente, así como una afectación a los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda.
Ello es así, agregó la resolución, pues aceptar la premisa del accionante, sería tanto como permitir que el actor obtuviera un triunfo en un plano de inequidad, ya que mientras los candidatos se ciñeron en todo momento a las reglas electorales aplicables y, consecuentemente, al cumplimiento de los principios de certeza y legalidad que rigen en materia electoral; el actor se mantuvo al margen de la normativa, además de que estuvo exento de la fiscalización de recursos y de la vigilancia permanente de su actuación durante todas las etapas del proceso electoral; lo cual en modo alguno puede ser permitido.
Confirman resultados de Barrio La Soledad, San Miguel Amatitlán y San Francisco Telixtlahuaca
Las Magistradas y el Magistrado de este Tribunal confirmaron, también, los resultados de las elecciones de concejales a los ayuntamientos de Barrio La Soledad, San Miguel Amatitlán y San Francisco Telixtlahuaca.
En el primero de estos, este órgano jurisdiccional validó el acta de cómputo municipal de la elección de Concejales del Ayuntamiento de Barrio la Soledad; así como la declaración de validez y la constancia de mayoría y validez expedida a favor de la planilla postulada por MORENA.
Concluyó en el expediente RIN/EA/07/2021, que son infundados los agravios planteados por el Partido Revolucionario Institucional respecto al supuesto rebase de topes de gastos de campaña por parte del candidato ganador, al igual que el robo de tres casillas de la sección 79, toda vez que no es suficiente para anular la citada elección.
En cuanto a la elección de San Miguel Amatitlán, a través del juicio RIN/EA/10/2021, el TEEO confirmó el acta de cómputo municipal, la declaración de validez y la constancia de mayoría expedida a favor del Partido Político Acción Nacional.
En este asunto, declaró como infundados e inoperantes los agravios hechos valer por el Partido del Trabajo respecto de la instalación de la casilla extraordinaria 1324, en un lugar distinto al establecido por la autoridad, pues de las constancias que obran en autos, se advirtió que dicha casilla fue instalada en lugar destinado para ello.
Por lo que hace a la compra de votos, tampoco fue acreditado por el recurrente.
El Pleno validó el resultado de la elección de concejales en el municipio de San Francisco Telixtlahuaca, en consecuencia, el otorgamiento de la constancia expedida por el Consejo Municipal Electoral citado a la planilla postulada por el Partido Redes Sociales Progresista.
En los recursos de inconformidad identificados con las CLAVES: RIN/EA/79/2021, RIN/EA/80/2021, RIN/EA/81/2021, RIN/EA/82/2021, RIN/EA/83/2021, RIN/EA/84/2021, RIN/EA/85/2021 y RIN/EA/86/2021 acumulados; declaró infundados e inoperantes los agravios referentes a la supuesta intervención de la Presidenta Municipal de esa localidad y la omisión del Consejo Municipal Electoral de recibir las quejas de los partidos políticos promoventes.