¿Ratificación de mandato?

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Uriel Pérez García

En los últimos días se ha suscitado un fenómeno por demás interesante en torno al posible ejercicio de revocación de mandato a realizarse el próximo año, puesto que contrario a lo que pudiera esperarse, los principales promoventes son sectores afines al proyecto del presidente la República, quienes además impulsan la adhesión de firmas para una ratificación de mandato, lo que además de generar desinformación contrasta evidentemente la esencia de este novedoso ejercicio de participación ciudadana en nuestro país.

La revocación de mandato sin duda es un mecanismo que fortalece la participación política y el ejercicio de derechos de la ciudadanía en un contexto democrático, de modo que aún cuando en México recientemente se ha dado la aprobación de una legislación que posibilita activar la manifestación de la soberanía popular, entendida como el poder último de tomar decisiones sustentadas en el derecho ilimitado de interpretar y ejecutar leyes por voluntad de quienes signamos el contrato social, lo cierto es que en nuestro caso se está planteando desde una visión contraria.

Lo anterior, puesto que en los términos concretos en que se plantea la petición de revocación de mandato, no se visualiza como un elemento legítimo del ejercicio de la soberanía popular, sino que traslada como una potestad del gobernante para consultar una ratificación en el cargo que se ostenta sin que existan en todo caso elementos que propicien una consulta que vista de este modo además de costosa resultaría y innecesaria.

Para entender mejor lo expuesto, hay que señalar en primer lugar que una solicitud de revocación de mandato en efecto se realiza cuando el gobernante ha dejado de cumplir con su parte de lo establecido en el llamado contrato social, es decir, cuando deja de cumplir por así señalarlo, las cláusulas que se establecen de manera formal en nuestra Constitución como el documento que materializa dicho contrato; dando así pauta para que en términos de lo que planteó Jean Jacques Rousseau desde el siglo XVIII, el pueblo decida si continúa con las actuales instituciones públicas o las cambia.

En segundo lugar es importante señalar que en el caso concreto de la promoción que están realizando los impulsores de esta consulta ciudadana, están soslayando que al hablar de una ratificación de mandato esta resultaría ociosa dado que en la propia Constitución o contrato social, está establecido de manera puntual que el periodo por el que fue electo el presidente de la República es de seis años, y en tanto no suceda otra cosa está obligado a cumplir con dicho mandato.

Si a lo antepuesto le sumamos por un lado el contexto político actual en el que los márgenes de aceptación del presidente siguen siendo elevados, lo que le permite seguir manteniendo el nivel de legitimidad que se le otorgó en las urnas hace tres años, y por el otro que los  grupos detractores o la oposición desdibujaba en los partidos políticos, no ha mostrado interés en impulsar una revocación de mandato, nos situamos en un escenario en el que este ejercicio pierde el rumbo y su esencia positiva, para convertirse en un mero sondeo que ensalce el ego de la voluntad presidencial.

Otro elemento que además se suma a lo expuesto, son las controversias que se suscitaron entre la autoridad electoral que se encargaría de organizar la consulta de revocación de mandato, puesto que se le recortó el presupuesto que originalmente había solicitado para la mencionada tarea, lo que incluso aseguró el presidente del Consejo General llegará hasta la Suprema Corte para que este ente decida si es o no posible realizar la consulta con un menor número de mesas de votación al establecido por la ley.

En este contexto, es sumamente importante que para que la ciudadanía haga uso efectivo de este tipo de mecanismos de participación ciudadana que en efecto significan un avance democrático, es necesario que también se asuma la responsabilidad de informarse respecto a los alcances y condiciones en las que se debe desarrollar una consulta de esta clase.

Finalmente, la duda que rodea la viabilidad de la revocación de mandato sigue presente en el sentido de plantearnos si existe una auténtica necesidad de realizar o no el ejercicio, puesto que además de las complejidades que reviste en términos de organización, así como los diversos obstáculos presupuestales, se debe revisar si se trata de seguir poniendo contra las cuerdas al instituto electoral al mismo tiempo que se alimenta el ego del ejecutivo.