Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró la inexistencia de las infracciones a la normativa electoral, atribuidas al Gobernador del Estado de Oaxaca, por su asistencia a la apertura de campaña del otrora candidato a la gubernatura, postulado por los partidos PRI y PRD.
Expuso, en la resolución del Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/52/2022, que de las pruebas que obran en el expediente, se acreditó la asistencia del Gobernador del Estado al evento denunciado, sin embargo, no se confirmó que haya tenido una participación preponderante en el evento político referido.
Esta sentencia señala que, no se advierte que el denunciado haya hecho uso de la voz en la apertura de campaña, ni que lo hayan presentado en su carácter de servidor público.
Por otro lado, este Órgano Jurisdiccional determinó que, tampoco, se acreditó la promoción personalizada denunciada por el Partido del Trabajo en este expediente, ya que, la publicación localizada y el video publicado en la red social denominada Facebook con motivo de la apertura de campaña del otrora candidato a la gubernatura, a la cual asistió el Gobernador, no constituye propaganda gubernamental, toda vez que no fue emitida por el Gobierno del Estado, no implicó la erogación de recursos públicos y tampoco hace difusión de obras o programas de gobierno.