Rechaza Corte proyecto; se mantiene prisión oficiosa

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Reforma

La Suprema Corte de Justicia rechazó hoy, por siete votos contra cuatro, eliminar por completo la prisión preventiva oficiosa que el Artículo 19 de la Constitución ordena para 16 delitos.

El proyecto del Ministro Luis María Aguilar, por tanto, será desechado en este aspecto, pues sólo sus colegas Arturo Zaldívar, Norma Piña y Alfredo Gutiérrez apoyaron la idea de inaplicar el Artículo 19 por violar derechos humanos que prevén tanto la propia Constitución como tratados internacionales.

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La prisión preventiva oficiosa es la que se dicta a la persona por el mero hecho de ser acusada por uno de los delitos que prevé el Artículo 19, para que esté recluida durante el proceso mientras se resuelve si es culpable, lo que en muchos casos se prolonga durante años.

La mayoría de los ministros negó tener la facultad de controlar la Constitución, inaplicar sus normas o derogarlas de facto, pues la Corte es un poder constituido por la propia Carta Magna, no un poder constituyente,y por tanto sólo puede vigilar que las leyes secundarias se ajusten a la Ley Suprema.

“Se instauraría de facto un Gobierno de jueces”, advirtió Margarita Rios-Farjat, “inaplicar el día de hoy una disposición de nuestra ley fundamental equivale a invalidarla, y eso representa un punto de no retorno en la historia constitucional de México. Jamás podríamos volver. Una vez tocada por nosotros la Constitución, esa puerta siempre quedaría abierta”.

Pese al rechazo al proyecto, está por verse si una interpretación menos radical, propuesta ayer por el Ministro Juan Luis González Alcántara, logra convencer a suficientes ministros como para generar una nueva mayoría.

El debate continuará el jueves luego de que Aguilar pidió no tomar la votación oficial y dar tiempo a una replica y posible replanteamiento de su propuesta.

Zaldívar advirtió que tanto el proyecto de Aguilar como otro de Piña, que es un amparo en revisión sobre el mismo tema, tendrán que ser resueltos el jueves. El Pleno no sesionará en la semana de fiestas patrias.

Según la propuesta de González Alcántara, prisión preventiva “oficiosa” no quiere decir “automática”, sino únicamente que los jueces, en esos 16 delitos, siempre deben analizar si encarcelan o no al acusado, aun si no lo pide la Fiscalía.

Esta interpretación tendría un impacto práctico parecido al del proyecto de Aguilar, pero sin llevar a la Corte a ordenar la virtual derogación de una norma de la Constitución, algo que nunca en su historia ha hecho.

Ríos-Farjat, y, aparentemente, también Javier Laynez dijeron hoy que apoyan la idea de González Alcántara.

Pero otros cuatro ministros simplemente anunciaron su voto en contra del proyecto, sin manifestarse sobre la propuesta de González Alcántara, pues la Corte apenas terminó la primera ronda de intervenciones.

Si este grupo se mantiene firme, ni siquiera la propuesta alterna tendrá ocho votos para convertirse en criterio obligatorio para todos los jueces.
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El único tema donde se perfila una mayoría de ocho votos es el que originó las acciones a discusión en la Corte: la reforma de noviembre de 2019 para incluir el factureo, contrabando y fraude fiscal por más de 8.7 millones de pesos en el catálogo de delitos de prisión preventiva forzosa, pese a que el 19 de la Constitución no los menciona.

Zaldívar criticó a la mayoría por perfilar la invalidez de la prisión preventiva para este tipo de delitos, pero no para otros, y sostuvo que la reforma constitucional de derechos humanos de 2011 permite a la Corte inaplicar el Artículo 19 por ser incompatible con el régimen del Artículo Primero de la propia Carta Magna.

Varios ministros, tanto de la mayoría como la minoría, alertaron que el nuevo sistema de justicia penal redujo considerablemente el estándar de prueba para llevar los casos penales ante un juez, por lo que no es compatible con la aplicación indiscriminada de la prisión preventiva.

“Para vincular a alguien a proceso se requiere casi nada, datos de prueba, algo muy elástico, datos muy leves, y si a partir de esto viene la prisión preventiva oficiosa, es muy injusto”, dijo Zaldívar quien rechazó que el proyecto pudiera llevar a la liberación masiva de delincuentes y acusó que la prisión perjudica, sobre todo, a los pobres y las mujeres.

“Si las Fiscalías hacen su trabajo adecuadamente, y los juzgadores hacemos nuestro trabajo adecuadamente, no tiene que haber un colapso por pasar a un sistema de prisión preventiva justificada, que es el que tienen todos los países democráticos del mundo”, afirmó.

Gutiérrez Ortiz Mena considero innecesario acudir a los tratados internacionales para evidenciar que la prisión preventiva oficiosa es contraria a los principios de la Constitución, y convierte a los jueces en autómatas que no pueden cuestionar la actuación de las Fiscalías.

“La verdadera amenaza a la división de poderes no es una Corte que integre el parámetro de control, y al hacerlo acuda al contenido de los derechos humanos, la verdadera amenaza es cuando una sola rama priva de libertad a los ciudadanos sin contrapeso de otro Poder”, dijo.

Jorge Pardo tuvo la intervención más modesta. A su juicio, desde el pasado 25 de octubre, la Corte votó, en definitiva, que el tema a discutir en estas acciones era la reforma sobre delitos fiscales, sin que las demandas respectivas -de la CNDH y senadores de Oposición- hubieran solicitado invalidar la prisión preventiva forzosa en general.
Las posturas de los Ministros

Por eliminar prisión preventiva oficiosa (inaplicable el 19 de la Constitución)

-Aguilar

-Gutiérrez

-Piña

-Zaldívar

Por una interpretación que flexibilice el término “prisión oficiosa”

-Alcántara

-Ríos-Farjat

-Laynez (aparentemente, pero no profundizo).

Contra el proyecto

-Esquivel

-Ortiz

-Pérez Dayan

-PardoHora de publicación: 12:09 hrs.