Para garantizar principio de certeza: se modifican plazos y formatos para la constitución de nuevos partidos políticos locales.

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Este acuerdo se da en el marco del proceso de redistritación local que fue aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE), el 14 de diciembre de 2022. 

En sesión extraordinaria urgente, el Consejo General del IEEPCO, aprobó modificar los plazos y formatos correspondientes al procedimiento de constitución y registro de partidos políticos locales que se lleva a cabo durante este año en Oaxaca.

De acuerdo con lo establecido en el marco jurídico que regula el procedimiento de constitución y registro de partidos políticos locales (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca), las organizaciones ciudadanas que deseen constituirse y obtener su registro como partidos políticos locales, deben cumplir con un número mínimo de personas afiliadas en el estado de Oaxaca y celebrar en al menos dos terceras partes de los distritos electorales locales o de los municipios de la entidad, asambleas constitutivas.

Este número mínimo corresponde al 0.26% del padrón electoral que fue utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior que, en el caso de Oaxaca, corresponde a la elección de la Gubernatura del año 2022.

El INE desarrolló y configuró con la nueva distritación aprobada en diciembre de 2022, el Sistema de Registro de Partidos Políticos Locales (SIRPPL). Los Instituto Estatales Electorales deben utilizar esta herramienta para el control y registro del número de asistentes a las asambleas constitutivas programadas por las organizaciones ciudadanas que pretenden constituirse como partido político local.

Por lo anterior, para garantizar los principios de certeza y legalidad a las ciudadanas y ciudadanos que buscan la constitución y registro de nuevos partidos políticos locales en Oaxaca, el Consejo General del IEEPCO, ha ajustado el formato correspondiente a la table del número mínimo de personas afiliadas que debe asistir y participar en las asambleas constitutivas distritales, con base en el padrón electoral vigente en la elección de 2022 y la nueva distribución territorial aprobada por el INE.

Además, el máximo órgano de dirección del IEEPCO, ha modificado los plazos concedidos a las organizaciones ciudadanas para la realización de sus respectivas asambleas constitutivas, concediendo una prórroga hasta el 4 de junio de 2023 para ello; esto con el propósito de no vulnerar el derecho a su constitución, en un plano de igualdad y legalidad