La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió,
por unanimidad de votos, siete medidas cautelares solicitadas por diversas
ciudadanas y personas servidoras públicas, por la aparente comisión de Violencia
Política en Razón de Género, generación de discurso de odio, calumnia, actos
anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y la posible vulneración
a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral.
Facebook deberá eliminar contenidos en un plazo no mayor a 12 horas
Una Diputada Federal, quien solicitó la protección de sus datos, denunció a Noticias
Cuautla, BDM noticias y otros, por Violencia Política contra de las Mujeres en Razón
de Género (VPMRG), derivado de la difusión de diversas publicaciones en la red
social Facebook y otros medios electrónicos.
La Comisión, respecto a dos publicaciones denunciadas, otorgó las medidas
cautelares solicitadas, porque de un análisis preliminar consideró que podrían
actualizar VPMRG en contra de la quejosa, en virtud de que se encuentran dirigidas
a menoscabar a la denunciante por el hecho de ser mujer, en el libre ejercicio de un
derecho político electoral, en sus vertientes de participación política y voto pasivo,
al estar acreditada su calidad de Diputada Federal; en consecuencia, Facebook, por
conducto de Meta Platforms INC, deberá retirar su contenido en un plazo no mayor
a 12 horas.
Por otro lado, negó el retiro del resto de las publicaciones denunciadas, pues de un
análisis preliminar al contenido, estimó que éstas sustancialmente constituyen
opiniones respecto a su trayectoria política, por lo que no se advierte que las frases
o expresiones lleven a considerar una situación de violencia, vulnerabilidad, poder
o desventaja basada en cuestiones de género.
Publicaciones en Facebook, preliminarmente, no constituyen Violencia
Política contra las Mujeres en Razón de Género en contra de Senadora de la
República
La Senadora Susana Harp Iturribarría denunció la difusión, en los perfiles de
Facebook de las páginas denominadas “La Nota” y “Te informamos”, de 36
publicaciones que podría constituir VPMRG en su perjuicio.
El colegiado determinó improcedente ordenar el retiro de dos publicaciones, las
cuales podrían contener lenguaje sexista, pues éstas ya no están disponibles, por
lo que se trata de actos consumados de manera irreparable. Para el resto de las
publicaciones, se concluyó, bajo la apariencia del buen derecho, que no están
dirigidas a la quejosa por su calidad de mujer, sino que, aparentemente, se está en
presencia de una crítica a la Senadora de la República por su trabajo parlamentario.
No hay elementos de odio en publicación de Morena en red social X
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) y una persona que solicitó la
protección de sus datos, denunciaron al partido Morena por actos anticipados de
precampaña y por mensajes de odio, derivado de la difusión de un video en la red
social X, antes Twitter, en el cual se utilizan frases que, a decir del quejoso, generan
discurso de odio en contra de las mujeres.
La Comisión de Quejas negó ordenar su retiro ya que, en apariencia del buen
derecho, no se advierte que el video reúna elementos que constituyan discurso de
odio, pues no existe un señalamiento claro o expreso hacia la persona denunciante,
sino que las afirmaciones se encuentran dirigidas a la persona representante del
Frente Amplio por México y su actividad política, sin que las mismas se sustenten
preliminarmente en elementos de género.
Publicaciones en redes de Claudia Sheinbaum no vulneran la equidad en la
contienda Movimiento Político Restaurador de México A.C., y Bertha Xóchilt Gálvez Ruiz
presentaron quejas en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, Arturo Zaldívar Lelo de
Larrea y Morena, derivado de la publicación en la red social X, sobre la renuncia del
Ministro en retiro y la posterior reunión entre los denunciados, también quejándose
de la difusión de una entrevista radiofónica en la que Zaldívar manifiesta que se
sumará a los trabajos de Claudia Sheinbaum.
Al respecto el colegiado resolvió que es improcedente retirar las publicaciones de la
red social X de Claudia Sheinbaum Pardo, toda vez que, desde una perspectiva
preliminar, no se advierte que en el contenido se presente una plataforma electoral,
se solicite el voto o se busque posicionar a la denunciada de manera anticipada
frente al electorado.
Resulta igualmente improcedente ordenarle al ciudadano Ministro en retiro Arturo
Zaldívar Lelo de Larrea se abstenga de difundir, comunicar, expresar o manifestar
su apoyo a Claudia Sheinbaum, al versar sobre hechos futuros de realización
incierta.
Publicaciones del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez y diversos ciudadanos no violan la normativa electoral Jorge Álvarez Máynez y Rafael Ángel Lecón Domínguez, denunciaron a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, a los partidos integrantes del Frente Amplio por México y a
quien resulte responsable, por la celebración de un evento, en la sede del Partido
Acción Nacional (PAN), con motivo del registro como precandidata a la Presidencia
de la República, así como por la presentación de su informe de labores en el
Monumento a la Revolución.
Al respecto, se determinó, bajo la apariencia del buen derecho, que del análisis
integral al material denunciado, éste alude a actividades realizadas inherentes a su
cargo, ya que el mismo tiene por objeto difundir de manera genérica temas de
interés general para la ciudadanía, por lo que no se trata de propaganda, tampoco
se configura promoción personalizada, pues de manera preliminar, sólo se trata de
su deber de rendir cuentas, y sobre los actos anticipados de campaña se negó la
medida cautelar, ya que contiene frases genéricas.
Respecto de las publicaciones realizadas por el PAN, se resolvió que no existe
algún indicio de que se trató de eventos proselitistas o que tuvieran como efecto
presentar propuestas de campaña o exaltar cualidades de los servidores públicos
presentes en dichos eventos, de ahí la improcedencia de ordenar su eliminación.
De un análisis preliminar a otros sitios y otras ligas de internet, se advierte que se
trata de publicaciones realizadas por ciudadanos o por personas distintas a los
denunciados, por medio de las cuales hacen señalamientos o referencias de apoyo
a las actividades realizadas por Gálvez Ruiz, lo cual está amparado por la libertad
de expresión.
En lo que respecta a las publicaciones hechas en los medios de comunicación, se
trata de notas informativas, mismas que forman parte del quehacer periodístico y
que están protegidas por la libertad de expresión y de información, por tanto, no se
justifica su retiro.