Con 34 votos a favor, el Pleno de la LXV Legislatura local aprobó dos iniciativas de reforma a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.
Con el cambio a los artículos 8, 26, 27, 58, 61 y 87, se agregó que también será considerado violencia familiar cuando la persona agresora tenga responsabilidades de cuidado o de apoyo, aunque no tenga relación de parentesco.
También se agregó que se podrá solicitar a la autoridad jurisdiccional competente la suspensión del régimen de tutela o curatela que ejerza la persona agresora.
Se incluyó además que deben considerarse los criterios de derechos humanos, diferencial, interseccionalidad e interculturalidad y perspectiva de género en la capacitación que brinden las Secretarías de las Mujeres y de Seguridad y Protección Ciudadana a su personal, así como a las instancias de los sectores público, privado o social.
Asimismo, será labor de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana difundir por medios electrónicos, los datos generales de las mujeres, adolescentes y niñas reportadas como desaparecidas para que la población en general pueda aportar información sobre su paradero.
Por otra parte, con la reforma al artículo 6 de la mencionada ley, se agregó el concepto de perspectiva intercultural, el cual se entenderá como “la visión que toma como punto de partida la constatación de una realidad social y cultural diversa, que busca contribuir al cambio de las dinámicas de exclusión, invisibilización y desigualdad que enfrentan determinados grupos sociales que pertenecen a una cultura históricamente marginados y discriminados”.
Estos decretos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.