Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 8 de mayo de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) se pronuncie, de manera fundada y motivada, respecto de las planillas postuladas por Nueva Alianza Oaxaca en ocho ayuntamientos, agotando los requerimientos que en derecho procedan.
En la resolución del Recurso de Apelación y del juicio ciudadano con claves: RA/25/2024 y JDC/172/2024, respectivamente; aprobada por unanimidad, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional señaló que el IEEPCO no formuló los requerimientos suficientes, respecto a las solicitudes de registro presentadas por el partido actor, conculcando su derecho de audiencia, así como, el de sus candidatas y candidatos.
Aunado a ello, expuso, no emitió pronunciamiento de manera fundada y motivada sobre la procedencia o improcedencia de las planillas postuladas por Nueva Alianza Oaxaca, en los municipios de Asunción Ocotlán, Santa Cruz Tacache de Mina, Santa María Petapa, Santiago Juxtlahuaca, Santiago Suchilquitongo, Santo Domingo Chihuitan, San Pedro Huamelula y San Antonino Castillo Velasco.
Este Tribunal advirtió que el actuar del Consejo General se considera negligente e inequitativo, lo anterior porque desde la presentación del registro de candidaturas, a la fecha en que se realizó el primer requerimiento para efecto de subsanar omisiones, transcurrieron más de 30 días, y, sin embargo, no tomó en cuenta la documentación que el partido político allegó para dar cumplimiento a dichos requerimientos.