La Jornada
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que es excesivo, innecesario y desproporcionado hacer pública la lista de datos personales de los ciudadanos que apoyen a un aspirante a candidato independiente.
Agregó que dicha medida no contribuye a alcanzar ningún fin constitucional y podría inhibir la participación ciudadana.
En la tesis IV/2015 relativa a las candidaturas independientes, el tribunal explicó que es innecesaria la publicación, pues la verificación del respaldo que obtenga quien aspira a una candidatura independiente corresponde a la propia autoridad administrativa electoral.
Aunado a ello, consideró la medida como desproporcionada, toda vez que se genera una afectación al derecho a la privacidad de las personas que dan su apoyo, cuando éste no significa por sí mismo una promesa de voto, ni permite vincularlas con el posible candidato independiente.
Resaltó que la tesis está fundamentada en los artículos primero y sexto de la Constitución, así como en el 11 y 32 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, quinto de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, y 18 y 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
En un comunicado, destacó que con este criterio reitera su compromiso con la protección de las candidaturas independientes.