Redaccion/RIOaxaca.
Oaxaca de Juárez. En sesión, el pleno del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), determinó declarar inaplicable la reforma que realizaron los actuales diputados de la LXII Legislatura a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la cual eliminaba la posibilidad a los partidos con menos de cinco diputados conformarse como bancada parlamentaria.
Con un voto en contra del magistrado, Miguel Ángel Carballido Díaz –vinculado con grupos de poder del Partido Revolucionario Institucional (PRI)- el pleno del tribunal acumuló los expedientes JDC/101/2016 y JDC/104/2016 al JDC/99/2016 en el que resolvieron a favor de Eufrosina Cruz Mendoza, Juan Mendoza Reyes, Jesús Romero López, Juan Bautista Olivera en el carácter de diputados electos para que el artículo 55, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca se declarara inválido.
Con lo anterior, los partidos Acción Nacional y del Trabajo podrán tener la consideración de grupo parlamentario en la LXIII Legislatura que se instalará este mes de noviembre.
Hay que recordar que el pasado 28 de julio, los actuales diputados acordaron incrementar a cinco diputados como mínimo para poder considerar que un partido político obtuviera la prerrogativa para conformar un nuevo grupo parlamentario.
En su momento el diputado electo del Partido del Trabajo, Jesús Romero, acusó a dicha intención como una operación política para favorecer al PRI y cargar los trabajos legislativos en las tres fuerzas políticas de la entidad (MORENA, PRI y PRD).
Es importante destacar que con dicha reforma, los partidos minoritarios en el Congreso estarían fuera de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO). Escenario que cambió con la determinación de los magistrados de TEEO.