El acoso entre funcionarios electorales es una forma de discriminación: TEPJF

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La Jornada.

Ciudad de México. En una resolución que busca garantizar los derechos de los funcionarios electorales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el acoso o violencia entre integrantes de autoridades electorales constituye una forma de discriminación.

También, definió, representa una transgresión a los principios de profesionalidad, independencia y autonomía, que deben regir el ejercicio de la función electoral, y un impedimento para el libre ejercicio del cargo.

En un comunicado, la sala superior del tribunal detalló las conclusiones de la tesis LXXXV/2016, con el rubro Acoso laboral. Constituye un impedimento para el ejercicio del cargo, cuando se acredita en contra de algún integrante de un órgano electoral.

De esta manera se determinó que el acoso o violencia laboral se traduce en una forma de discriminación que está constituida por una serie de acciones que tienen por objeto menoscabar la honra, dignidad, estabilidad emocional e incluso integridad física de las personas a fin de aislarlas, o generar una actitud propicia o complaciente para los deseos o intereses del agente hostigador o agresor.

También determinó que la discriminación es toda aquella distinción, exclusión o restricción basada, entre otras cuestiones, en el sexo y/o el género, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas en todas las esferas.