Por Gladys Aguilar
El Magistrado, magistrado presidente Raymundo Wilfrido López Vásquez, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), detalló el avance que se mantiene los procesos de impugnación de las elecciones por Sistemas Normativos Internos, dijo que de los 417 municipios que se rigen bajo este sistema, se generaron hasta el día de ayer por la mañana 378 juicios, de estos ha resuelto 189 juicios quedando pendientes casi 190 por resolver.
“las impugnaciones que están pendientes son los que llegaron a partir del 1 de enero a la fecha los cuales se están integrando los expedientes, yo considero que muy pronto se van a ir resolviendo, estamos trabajando a marchas muy forzadas para poder sacarlo lo más pronto posible y lo más apegado a derecho”
Asimismo informó que en este sentido existen dos casos relevantes que se han resuelto, como es el caso de San Sebastián Tutla, el cual había sido invalidado por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por tal razón fue sometido a juico en el Tribunal y por acuerdo del consejo general se resolvió por mayoría de voto, del magistrado Miguel Ángel Carballido y Víctor Manuel Jiménez Viloria, ellos dos votaron por que se validara esa elección en el caso particular, voté en contra, dije que no se debía de validar y que se debería estudiar la convocatoria, hice mi voto en contra.
Otro caso que hizo mención fue el de Asunción Cacalotepec, informó que allí se resolvió una situación muy especial, ya es la cuarta vez que se elige como presidente a esta persona y el tribunal analizó la situación y decidió que esta cuarta elección violentaba la constitución
“la constitución si establece la reelección para presidentes municipales, pero con ciertas limitaciones para un periodo adicional ya que llevaban cuatro periodos, votamos que se revocara la elección del presidente quedando subsistentes de los demás concejales.”
Recalcó que en lo absoluto existe vacío de poder o ingobernabilidad en municipios donde aun no se ha designado autoridades, en el caso de Asunción Cacalotepec, ahí la sentencia es muy clara, la cual detalla que dentro de los concejales deberán elegir a uno que se haga cargo del despacho de la administración municipal, este mismo se encargará de convocar a una elección extraordinaria para elegir únicamente al nuevo presidente con un plazo de 30 días es decir no puede decir que existe ingobernabilidad si se le dota de poder”
En cuanto a las acusaciones de los habitantes de dicha comunidad, al acusarlo directamente de violentar la autonomía del pueblo, “la autonomía también tiene sus límites las comunidades indígenas se les respeta su autonomía pero no son islas, una cosa es la autonomía y otra la independencia y las comunidades indigenas del estado pertenecemos a un pacto federal y tenemos que respetar la constitución.”