Crónica.
Ciudad de México. Las ansias de eliminar el financiamiento público a los partidos políticos llegaron a los estados. El pasado 3 de octubre el Congreso de Chiapas aprobó una reforma al Código de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, para adicionar un numeral al artículo 52, que especifica que en caso de un fenómeno o catástrofe natural que implique la declaratoria de emergencia en uno o más municipios de la entidad, se eliminará el financiamiento público otorgado a los partidos políticos durante el tiempo que dure la contingencia. La intención es que en el siguiente año, los partidos no reciban recursos para sus actividades ordinarias ni para la campaña.
Por su parte, el Pleno del Congreso de Morelos conoció la iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado de Morelos presentada por el Partido Encuentro Social, a fin de eliminar el financiamiento público para los partidos políticos.
El cambio aprobado en Chiapas y la propuesta en Morelos, presentan, al igual que las intenciones de modificar la Constitución Federal, diversos problemas, entre ellos la imposibilidad de aprobarlos para el siguiente año sin infringir la Carta Magna, así como la dificultad de reemplazar el financiamiento público por privado en tan poco tiempo.
Primero, el artículo 105 constitucional, en su Fracción II, Inciso I, Segundo Párrafo, establece que las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales. El modelo de prevalencia de financiamiento público sobre el privado es uno de los pilares más importantes para preservar la equidad en la contienda así como la transparencia de los recursos que ejercen los partidos, por lo que definitivamente hacer cualquier cambio en este esquema es un cambio fundamental. El proceso electoral ya inició, así que hacer cualquier reforma, por lo menos, no podrá implementarse en 2018.
Por otro lado, se ha dicho que los partidos pueden sobrevivir con los recursos que recauden de militantes y simpatizantes; sin embargo, los datos dicen otra cosa. En 2015, de acuerdo con los dictámenes del informe anual de ese año aprobados por el INE, los partidos nacionales en sus dirigencias nacionales y locales accedieron a 11 mil 195.9 millones de pesos, de los cuales sólo 660.1 correspondían a recursos privados, esto es el 6 por ciento. No entiendo cómo es que los dirigentes de los partidos pretenden encontrar los más de 10 mil millones restantes que están acostumbrados a gastar en tan poco tiempo.
El PRI, que es el partido con mayor cantidad de recursos (3 mil 149 millones), reunió 226.6 millones, 7 por ciento de su financiamiento total. Sustituir el subsidio público será más complicado de lo que plantean los actores políticos.
Por último, en el caso de la legislación local, al menos hasta ahora, hay una restricción adicional. De acuerdo con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el financiamiento a partidos políticos locales no puede desviarse de lo señalado en la Ley General de Partidos Políticos, y como sucedió en el caso de la acción de inconstitucionalidad 50/2017, relativa a disposiciones en materia electoral de Yucatán, la SCJN consideró que los recursos etiquetados, es decir el financiamiento público, no pueden destinarse a otros fines.
Los cambios deben ajustarse al modelo constitucional y poder ponerse en práctica, ninguna de éstas condiciones se cumple en las actuales propuestas para modificar el régimen de financiamiento de los partidos en México.