Define INE plazos para el registro de coaliciones para el Proceso Electoral 2017-2018

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Oaxaca de Juárez. La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), definió que a más tardar el 14 de diciembre de 2017, los partidos políticos deberán presentar las solicitudes para el registro de convenios de coalición y acuerdos de participación, para las elecciones a la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones por el principio de mayoría relativa para las elecciones del 2018.

Asimismo, aprobó por unanimidad los criterios aplicables para el registro de candidaturas en el que se establece que los partidos políticos nacionales deberán presentar la Plataforma Electoral que sus candidatas y candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas, dentro de los 15 primeros días de enero de 2018 y que el plazo para el registro de candidaturas a todos los cargos federales de elección popular, correrá del 11 al 18 de marzo de 2018.

El presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, consejero Benito Nacif explicó que el instructivo –aprobado por unanimidad-, deberá ser avalado por el Consejo General del INE y establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir los partidos políticos nacionales interesados en celebrar convenios de coalición, a fin de que la autoridad electoral se pronuncie en estricto apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

Los partidos políticos podrán celebrar un solo convenio de coalición en el que se contemplen cualquiera de las modalidades básicas de la coalición electoral: totales, parciales y flexibles.

Tipo de coalición Número mínimo de candidaturas que deberán presentar según el tipo de coalición
Presidencia Senadurías Diputaciones
Total 1 64 300
Parcial 0 ó 1 32 150
Flexible 0 ó 1 16 75

Asimismo, podrán establecer una distribución dinámica en la conformación de la coalición, siempre y cuando se garantice la uniformidad de los integrantes en dicho convenio, en el entendido de que si converge alguna coalición total de diputados y/o senadores, necesariamente deben de contemplar la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
En la sesión se aprobó una acción afirmativa para que, de los 28 distritos indígenas que hay en el país, en al menos 12 con mayor población indígena, los partidos políticos por sí mismos, o a través de una coalición parcial, postulen candidatos indígenas y apliquen la paridad de género.
“Se trata de una medida de acción afirmativa que es específica de esta elección en particular, no es una regla, ni una norma que se aplicará de manera permanente, pues busca incrementar la participación de las mujeres”, detalló el consejero Nacif.
Se estableció que la totalidad de solicitudes de registro de las candidaturas a senadoras o senadores y diputadas o diputados que presenten los partidos políticos o coaliciones ante el Instituto Nacional Electoral, deberán integrarse salvaguardando la paridad entre los géneros, y en las listas de representación proporcional se alternarán las fórmulas de distinto género para garantizar el principio de paridad hasta agotar cada lista.

En la sesión se aprobó por unanimidad que los partidos políticos nacionales deberán presentar la Plataforma Electoral que sus candidatas y candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas, dentro de los 15 primeros días de enero de 2018.

En el caso de que los partidos políticos o coaliciones decidan solicitar, ante el Consejo General del INE, de manera supletoria, el registro de alguno o la totalidad de las candidaturas a senadurías o diputaciones por el principio de mayoría relativa, deberán hacerlo a más tardar el día 15 de marzo de 2018.

Para el registro de candidaturas por el principio de representación proporcional, los partidos políticos deberán cumplir con el registro de al menos 200 fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa y 21 listas con las dos fórmulas por entidad federativa de las candidaturas a senadurías por el principio de mayoría relativa.