Cumple IEEPO con la ley y la normatividad interna en tiempo y forma

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Oaxaca de Juárez. Los días 12 y 13 de marzo de 2018 hubo en los estados de Chiapas, Michoacán y Oaxaca movilizaciones convocadas por uno de los gremios magisteriales. Por ello, la autoridad educativa de Oaxaca inició desde el primer momento el proceso de verificación de asistencia de trabajadores docentes y administrativos.

Este proceso de verificación se basa en los reportes que reciben de los supervisores y de otros integrantes del proceso educativo, como las autoridades municipales de los 570 municipios del estado, las autoridades escolares y los comités de padres de familia.

De esta manera, se determina el número de escuelas que no cumplieron con el proceso educativo, informó la apoderada legal del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Liliana Ernestina López Franco.

Tomando en consideración las miles de escuelas que hay en el estado, el proceso de verificación continúa apegado a la normatividad y a los procedimientos internos del IEEPO, señaló la apoderada legal.

Cuando concluya el proceso de verificación, explicó, debe continuarse con lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, que señala:

Una vez que la autoridad educativa o el organismo descentralizado notifiquen al probable infractor, este contará con un plazo de 10 días hábiles para que “manifieste lo que a su derecho convenga y proporcione los documentos y demás elementos de prueba que considere pertinentes.”

Después, según el mismo el artículo 75 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, hay un plazo máximo de otros 10 días hábiles para que la autoridad educativa o el organismo descentralizado dicten su resolución, “con base en los datos aportados por el probable infractor y demás constancias que obren en el expediente respectivo.”

Agregó que una vez cubiertos los procesos normativos y legales, el IEEPO hará llegar, a través de los mecanismos administrativos establecidos, los informes a la Secretaría de Educación Pública (SEP), instancia responsable de aplicar los descuentos a través del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE).

López Franco exhortó a todos los integrantes del proceso educativo, tanto estatal como federal, a ceñirse en la normatividad y a las leyes vigentes, evitando actos del pasado que violentaban estas disposiciones, cuando primero aplicaban la sanción y luego aportaban las pruebas. Por ello, aseguró, se devolvía la mayor parte de los descuentos realizados.

Recordó que en los procesos administrativos y legales debe prevalecer el Principio de la Necesidad de la Prueba, esto es, las autoridades educativas -estatal y federal- primero tienen que probar la falta y después aplicar la sanción, y no al revés, como arbitraria, injusta e ilegalmente lo hacían en anteriormente, perjudicando incluso a quienes sí cumplían con sus labores docentes.

Por su parte, la Directora para la Atención de los Derechos Humanos del IEEPO, Marlene Aldeco Reyes Retana enfatizó que la función del Instituto es garantizar la educación como un derecho humano con los principios de gratuidad, laicidad y obligatoriedad.

Explicó que el proceso educativo se basa en los principios de libertad y responsabilidad, que aseguren la armonía entre estudiantes y educadores, promoviendo el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas, como lo dispone la Ley de Educación para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Reyes Retana enfatizó que en el centro de todo está el derecho a la educación de las niñas, niños y jóvenes de Oaxaca, así como el respeto irrestricto a los derechos humanos de los educandos, de los docentes y demás personal del Instituto.

Señaló que se vigilará estrictamente que nadie transgreda los derechos de terceros y cuando así suceda, se actuará enérgicamente para proteger las garantías y derechos de quienes sean afectados.

“El IEEPO es el responsable de la política educativa del estado y vela también por los derechos humanos de los educandos y de todos los que participan en el proceso educativo No puede ser rehén de grupos políticos, ni herramienta de confrontación o de chantaje de ningún grupo fáctico de poder; ni tampoco puede ser sujeta a presiones de ningún tipo, pues su vocación es velar por un derecho humano fundamental, la educación, así como respetar los tiempos, los procesos, los ordenamientos y las disposiciones legales”, finalizó.