Oaxaca de Juárez. La diputada de Morena, María de Jesús Melgar Vásquez, propuso una reforma de ley para que los padres respeten y apoyen las decisiones de sus hijos en cuanto a su futuro educativo, creencias e ideologías siempre y cuando no atente contra la integridad del menor.
Con la modificación al artículo 425 al Código Civil para el Estado de Oaxaca, la legisladora planteó que los padres de acuerdo a la madurez psicológica, emocional y cognitiva que vayan adquiriendo sus hijas e hijos en su crecimiento deberán respetar su autonomía, a fin de garantizar el libre desarrollo de su personalidad.
“Las niñas, niños y adolescentes constituyen la base de las futuras generaciones que alcanzada su adultez se integraran como miembros activos de la sociedad. Por ello, como autoridades, como sociedad y como padres debemos datarlos de todas las herramientas necesarias para su sano desarrollo”, subrayó en tribuna Marichuy Melgar.
En tal sentido, Melgar Vásquez detalló que con el crecimiento, desarrollo y madurez del menor viene aparejado el ejercicio de otros derechos, frente a los cuales los padres, la sociedad y gobierno deben adoptar una posición de respeto y protección a los mismos, ya que toda autoridad tiene la obligación primordial de proteger la dignidad innata a todo niño, los cuales están asentados en la Convención Sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Así, por ejemplo, el Estado tiene la obligación de dar una adecuada orientación sexual al adolecente, lo que incluye enseñarlo sobre enfermedades de transmisión sexual, la consecuencia de embarazos no deseados o a edad temprana, sobre métodos anticonceptivos , de igual manera, tiene la obligación de orientarlo sobre las diferentes ofertas educativas que existen, ayudarle a encontrar y desarrollar sus vocación, instruirlo sobre la salud física y mental, el respeto a sus semejantes, evitar conductas discriminativas, a no hacer uso de la violencia, entre otras.
En razón de lo anterior, María de Jesús Melar, señaló que el concepto actual que establece el Código Civil del Estado de Oaxaca, en su artículo 425, de patria potestad quedó limitado conforme al nuevo paradigma y modelo jurídico que actualmente rige al país, pues ese artículo sugiere que los padres son los únicos encargados de velar por la crianza, educación y protección de los menores, lo cual debe ser una concurrencia entre padres, sociedad y gobierno en beneficio del desarrollo integral del menor,
Cabe mencionar que el concepto actual no deja en claro que la Patria Potestad no es un derecho ilimitado y unilateral, donde los padres pueden imponer sus decisiones sobre los hijos de acuerdo a sus consideraciones, por lo que es necesario establecer que la Patria Potestad se irá modulando conforme se vaya dando el desarrollo, emocional, psicológico y cognitivo del menor, es decir, que se deberá atender al principio habilitador de la autonomía progresiva de los hijos, lo que implica que a mayor crecimiento y madurez de éste la injerencia de los padres sobre ciertas decisiones de los hijos se va limitando, a fin que puedan desarrollar libremente su personalidad.
Por su parte la sociedad deberá aceptar, tolerar y proteger dichas decisiones, mientras que el Estado y sus autoridades tienen la obligación de brindar las facilidades, orientación, planes, programas y herramientas necesarias para que los adolescentes puedan hacer efectivos estos derechos.