Oaxaca de Juárez. En su Octava Sesión Ordinaria del 2018, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) atendió y resolvió 19 Recursos de Revisión interpuestos por personas que consideraron violentado su derecho de acceso a la información.
El Consejo General atendió seis recursos de revisión de la ponencia del comisionado Juan Gómez Pérez, siete de la ponencia del comisionado Francisco Álvarez Figueroa y seis de la ponencia del comisionado Abraham Soriano Reyes, de los cuales 10 fueron declarados sobreseídos, en siete se ordena la entrega de información y en dos se confirma la respuesta del Sujeto obligado.
De los Recursos de Revisión atendidos, el Consejo General atendió dos interpuestos en contra del Ayuntamiento de Santo Tomás Tamazulapan, Miahuatlán, en ambos, se determinó que este Sujeto obligado debe entregar el directorio de Servidores públicos y remuneración bruta y neta (RR 075/2018), así como el informe del ejercicio 2017 (RR 073/2018).
En la resolución al Recurso de Revisión 044/2018, el Pleno determinó que el Ayuntamiento de Trinidad Zaachila debe proporcionar información sobre su nómina, aportaciones federales y estatales que recibe, monto que recibe cada Agencia Municipal y cómo se emplean los recursos.
Mientras que en las resoluciones a los Recursos de Revisión 050/2018 y 071/2018, el Pleno del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec a que informe si tiene contemplada la reparación de las placas de concreto hidráulico ubicadas sobre la calle Libertad en la Ciudad de Tuxtepec y, también, deberá proporcionar información sobre comerciantes no establecidos (ambulantes), su reglamento, padrón, tarifa o cobro y recaudación de impuestos en los últimos cinco años.
En el asunto 332/2017, el Consejo General ordenó a la Secretaría de Administración a que informe sobre las aportaciones de los empleados, número de plazas autorizadas por la Secretaría de Finanzas, nombre de categoría de personal de mandos medios y superiores, confianza, base y honorarios, así como el monto de descuento por cuota sindical.
En el caso 011/2018, el Consejo General del IAIPO resolvió que la Dirección General de Notarías debe proporcionar la información relativa al sueldo mensual de todo su personal, ya que se trata de información señalada en el Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Para los Recursos de Revisión 456/2017 y 398/2017 que involucran a la Dirección General del Registro Civil y al IAIPO, estos fueron declarados infundados y se confirmó la respuesta de los Sujetos obligados.
Los Recursos de Revisión del Fideicomiso de Fomento para el Estado de Oaxaca (FIFEO) (466/2017), Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (400/2017), Servicios de Salud de Oaxaca (030/2018), Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (078/2018), Ayuntamiento de San Lorenzo Cacaotepec (111/2018), Coordinación General de Enlace Federal y Relaciones Internacionales (393/2017), Coordinación General de Comunicación Social (399/2017), Consejo de la Judicatura (143/2017 y 392/2017), y Dirección General del Registro Civil (389/2017), fueron sobreseídos debido a que los Sujetos obligados modificaron el acto reclamado, por improcedente o bien porque demostraron la entrega de la información solicitada en tiempo y forma.
Finalmente, como parte de los asuntos considerados en el orden del día, el Consejo General del IAIPO aprobó el dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos por el que se validan tablas de aplicabilidad integrales, relativas a las obligaciones comunes, específicas, adicionales y locales de los Sujetos Obligados de la entidad.