Oaxaca de Juárez. Necesitamos que la Ley General de Víctimas plantee de manera clara cuales son las responsabilidades de las autoridades en la materia y qué hacer en caso de que no se cumplan esas obligaciones, a fin de que la responsabilidad no recaiga en las víctimas de violaciones a derechos humanos, puntualizó el Consejero Ciudadano de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, Bernardo Rodríguez Alamilla.
Al participar el 20 de septiembre último en la inauguración del conversatorio “Derechos de las víctimas en el marco de la Ley General de Víctimas”, Rodríguez Alamilla señaló que, en un proceso de justicia transicional como al que se asoma nuestro país, necesitamos memoria y justicia sobre lo acontecido en él, pues es el único antídoto efectivo para no repetir los errores del pasado y del presente.
En la actividad participaron la especialista de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) Anita María Suárez Valencia, la delegada estatal de dicha Comisión, Irma González Espinoza, la representante del Comité de Derechos Humanos Gobixha A. C. Sara Méndez Morales, y el coordinador de Fomento a la Cultura de los Derechos Humanos de la Defensoría, Mario Hernández Martínez, además del Consejero Ciudadano Rodríguez Alamilla.
Este último señaló que la memoria de agravios a derechos humanos, para ser eficaz, también precisa justicia, “la justicia que hace visible lo que permanece oculto, la que señala responsables, la que explica el porqué de los abusos, la que expone la complicidad, la que frena la impunidad. La justicia que dignifica y que restituye su humanidad a quienes han sido víctimas, la justicia que debe devolverles y devolvernos la esperanza en que el mundo pueda ser un mejor lugar para vivir”.
El también integrante de la agrupación civil Iniciativa Ciudadana Oaxaca expuso tres aspectos en los cuales podría perfeccionarse esta Ley, el primero de los cuales tiene que ver con el abordaje de la víctima, puesto que es necesario que la Ley establezca una clara definición de los diferentes tipos de víctimas antes de pretender aplicar acciones para ellas, pues en la actualidad la Ley plantea un tipo de “víctima ideal” para la cual no hay en realidad acciones eficaces.
El segundo elemento –continuó– tiene que ver con mejorar los procesos de implementación de la Ley por parte de las Instituciones encargadas de ello, y el tercero tiene que ver con las competencias y modos de articulación de los distintos niveles de gobierno y poderes en la aplicación de la Ley General de Victimas
Rodríguez Alamilla subrayó que debe quedarnos claro que no todas las víctimas son iguales, pues las necesidades de cada una de ellas son distintas, y en consecuencia la atención tiene que ser diferenciada: hay víctimas individuales y victimas colectivas, por lo que los planes de restitución de sus derechos tienen que considerar esa dimensión.
De igual forma, añadió, es necesario entender el proceso de victimización y las distintas fases en las cuales una persona puede ser víctima. “Por ejemplo, abundó, son víctimas primarias aquellas que sufren un menoscabo en sus derechos derivado de una hecho victimizante. Son víctimas secundarias aquellas que al acudir a una institución encargada de apoyarla en la restitución de sus derechos, en vez de apoyarlas, las revictimiza; son víctimas terciarias las que son consecuencia del padecimiento de las dos anteriores”.
El Consejero Ciudadano de la Defensoría recalcó que, para evitar que las instituciones encargadas de apoyar a las víctimas las revictimicen, dichas instancias deben contar con una contraloría social que valore sus actividades, así como entender que una misma persona puede ser víctima primaria, secundaria y terciaria, y las necesidades en cada una de esas etapas serán diferentes.
Rodríguez Alamilla señaló que el gran problema de los derechos humanos en México no es su reconocimiento jurídico, sino el proceso de implementación, es decir, cómo realizamos lo que dice la Ley tenemos que hacer, y en el caso de la Ley General de Victimas –precisó–, se necesita cambiar la forma de ver, pensar y abordar el problema victimológico por parte de los operadores del Estado.
Explicó que esto implica pasar de una visión paternalista y clientelar de la víctima a un enfoque de restitución de derechos.
Añadió que, en este sentido, las instancias que acompañan a las víctimas en el proceso de restitución de sus derechos y consecuentemente de su proyecto de vida, deben entender que es una responsabilidad mayúscula la que tienen en sus manos y, en función de ello, actuar. “Por lo anterior, se requiere contar con personal sensible y comprometido con la labor que realiza, de ahí que los procesos de selección sean extremadamente importantes”, subrayó.
El integrante de Iniciativa Ciudadana Oaxaca insistió en que las instituciones que acompañan a víctimas necesitan contar con procesos internos claros y diferenciados de atención según las características de las víctimas, así como evaluar los procesos que llevan a cabo y rendir cuentas de ellos ante la sociedad.
Finalmente, puntualizó que, si bien es cierto que debemos reconocer que la Ley General de Víctimas es un avance en el sistema normativo mexicano en cuanto al reconocimiento y garantía los derechos de las víctimas del delito y de las violaciones a los derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia, entre otros, también lo es que necesitamos fortalecerla esa Ley, haciéndola eficiente.
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PIE DE FOTO: “Para ser eficaz, la memoria de agravios a derechos humanos también precisa justicia, la justicia que hace visible lo que permanece oculto, la que señala responsables, la que explica el porqué de los abusos, la que expone la complicidad, la que frena la impunidad”, señaló el Consejero Ciudadano de la Defensoría Bernardo Rodríguez Alamilla en el conversatorio “Derechos de las víctimas en el marco de la Ley General de Víctimas”.